Amenazas a la mujer absuelta de un delito de abuso sexual a menores en Gerona

Mensajes violentos de vecinos contra su regreso. El Supremo ha rechazado condenarle por mal uso de las pruebas por parte de las víctimas

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Salt (Gerona).

La noticia de la absolución de una mujer acusada de abusar sexualmente de un menor ha conmocionado a parte de los vecinos de Salt (Gerona), donde tuvieron lugar los hechos.

La sentencia del Tribunal Supremo recoge que la absuelta contactó con un menor de 13 años a través de las redes sociales y que concertó una cita en la que le hizo proposiciones sexuales y llevó a cabo tocamientos al adolescente.

Ahora, según ha sabido Confidencial Digital, varios residentes de Salt han amenazado a la mujer, a quien han remitido mensajes advirtiéndole de que actuarían con violencia contra ella si vuelve al municipio gerundense.

Fuentes cercanas a la absuelta señalan a ECD que “desde hace tiempo” no reside en Salt, donde llegó a vivir varios años. Allí comenzó a relacionarse mediante la Red con menores de edad, la mayoría adolescentes, tanto del municipio como de fuera.

Absuelta de otros tres casos

La absuelta, de origen hondureño, fue investigada por contactar, a través de perfiles falsos de Facebook, con cuatro chicos menores de edad. Sin embargo, sólo fue juzgada por abusar sexualmente de uno de ellos, de sólo 13 años.

Los otros tres casos fueron archivados; dos de ellos, porque la víctimas no acreditaron que las proposiciones llegaran a realizarse; y el tercero, porque no se logró comprobar que la acusada supiera que tenía menos de 16 años, la edad legal para mantener relaciones sexuales.

Mal uso de las pruebas

En el caso del menor de 13 años, la Audiencia de Gerona condenó a la mujer a diez años de prisión por un delito continuado de abusos a menores. Sin embargo, el TSJC revocó la sentencia, alegando que no había quedado acreditado que fuera consciente de que el menor tenía 13 años y no 16.

Ahora, el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del TSJC, rechazando el recurso de casación presentado por la madre del menor y argumentando que en el juicio de primera instancia, el tribunal primero rechazó una grabación en la que aparecía el menor y después la utilizó como prueba de que “a todas luces”, se trataba de un niño.

Se trata de una mala práctica procesal que ha supuesto la revocación de la condena y la absolución de la acusada, que ha quedado libre de todos los cargos.

 

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