La Audiencia Nacional descarta que la agresión a los guardias civiles de Alsasua sea terrorismo

La Sala de Apelaciones ha fijado una vista de dos días para escuchar a los ocho testigos que no fueron admitidos en el juicio, pero sólo ve delitos de “atentado contra la autoridad” y “desorden público”

Concentración por el 'Caso Alsasua'.
Concentración por el 'Caso Alsasua'.

La Audiencia Nacional condenó en mayo a los ocho acusados de agredir a dos guardias civiles y a sus novias en 2016 en Alsasua (Navarra) a entre 2 y 13 años de prisión.

Los condenados han presentado un recurso ante la recién creada Sala de Apelaciones de la AN, para cuyo estudio se celebrará una vista de dos días de duración a mediados de enero.

Según ha sabido Confidencial Digital, los magistrados de la Sala ya tienen algo claro: no revocarán la sentencia para incluir en el fallo el delito de terrorismo.

Las fuentes consultadas por ECD explican que las agresiones se cometieron por “animadversión” contra los agentes, como recoge la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, pero descartan por completo los fines del terrorismo en esa paliza que recibieron.

En cambio, consideran que sí cometieron delitos de atentado a los agentes de la Autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.

Por tanto, se alejan de la opinión que han manifestado a este confidencial magistrados del Tribunal Supremo, que sostienen que los hechos de Alsasua sí fueron terrorismo.

Este hecho hace pensar que, si finalmente la Sala de Apelaciones no incluye –como todo parece indicar- el delito de terrorismo, podría sobrevenir una controversia judicial entre la Audiencia Nacional y el Alto Tribunal sobre esta cuestión.

Las mismas fuentes rechazan además un aumento significativo de las penas que se deben imponer a los condenados.

Casi una decena de testigos

Según ha sabido este confidencial, los magistrados han accedido a la petición de los ocho jóvenes condenados y han citado a declarar a casi una decena de testigos.

 

Se trata de ocho personas que estuvieron presentes en el bar donde tuvo lugar la agresión y que no declararon en el juicio.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal rechazó citarles porque consideró que su testimonio no era relevante para la causa. Los acusados recurrieron la decisión, alegando que se vulneraron sus derechos procesales y el acceso a un juicio justo.

Ahora la Sala de Apelaciones sí considera pertinente escucharles, aunque sea por videoconferencia. Se trata, alega, de testigos presenciales de los hechos juzgados.

Por tanto, su versión de los hechos “es relevante y merece ser escuchada”, explican a ECD, al contrario de lo que estimaron sus compañeros de la AN, Concepción Espejel, Manuela Fernández Prado, Jesús Gutiérrez, Juan Ramón Sáez y Francisco Javier Vieira, ya jubilado.

Las mismas fuentes explican que se ha rechazado citar a otros testigos que también figuraban en el recurso, porque que no fueron testigos presenciales de los hechos.

“Son conocidos de los condenados, pero ese testimonio no influye en el relato de los hechos, sólo afirman que los condenados no han cometido delito alguno”, explican.

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