No derogar el estado de derecho en tiempos de pandemia

Pedro Sánchez anuncia las medidas del estado de alarma el 14 de marzo de 2020.
Pedro Sánchez anuncia las medidas del estado de alarma.

Cuando la muerte se cierne sobre miles de personas en el mundo, no faltará quien se escandalice de que a algunos nos siga preocupando el estado de derecho. Pero ciertas tendencias inquietantes en occidente pueden agravarse estos días, con secuelas de futuro imprevisibles. A algunos nos preocupa más la libertad que la seguridad, la dignidad humana que el desarrollo económico.

         Esos grandes temas de fondo son más decisivos de lo que puede parecer a primera vista, porque afectan sobre todo a los más débiles, a las personas más vulnerables: justamente las que tienen más riesgo siempre, y no sólo en tiempos de epidemia.

         Basta pensar en los problemas relacionados con la alimentación o el agua potable, objeto de informes recientes elaborados por organismos internacionales. Tal vez posibles deficiencias en el abastecimiento de las grandes ciudades de occidente ayudarán a entender las consecuencias del hambre en el mundo. La prioridad del Plan alimentario mundial, como afirma el director de operaciones de la FAO, Amer Daoudi, es asegurar los stocks de alimentos para los próximos tres meses; las carencias afectarán sobre todo a varios países de África y de Oriente Medio.

         De momento, una de las causas de las hambrunas parece dar un respiro, al menos, informativamente: los abundantes conflictos bélicos que asolan el mundo, especialmente en África y Asia. Como era previsible, el papa Francisco se adhirió en el ángelus del 29 de marzo al llamamiento del Secretario General de la ONU a un "alto el fuego global e inmediato en todos los rincones del mundo", como respuesta a la “emergencia de COVID-19, que no conoce fronteras”.

         Para la solución de tantas cuestiones, se impone subrayar la necesidad de la ética de los procedimientos, que invita a vivir con rigor jurídico las exigencias del estado de derecho. Ciertamente, la lucha contra la adversidad actual exige recortes en la libertad de los ciudadanos, sobre todo, en su movilidad. Se entiende la declaración de estados de alarma, emergencia o su equivalente en los diferentes ordenamientos jurídicos. Pero se adoptan mediante procesos para legitimar el trasvase de competencias a los gobernantes. Se aplica una reducción de la división de poderes. Pero no se anula, como tampoco el control parlamentario del ejecutivo, aunque en algunos casos deba realizarse a posteriori.

         En estos gravísimos momentos, los ciudadanos, angustiados ante la magnitud de la pandemia, y la incertidumbre de su futuro, aceptan la concentración del poder, para controlar la situación y tomar las medidas más urgentes. Se produce una especie de paréntesis democrático. Así, Italia confía hoy en Giuseppe Conte, primer ministro que no fue elegido, pero ha firmado decretos-ley de dudosa constitucionalidad y, sólo por intervención del presidente Sergio Matarella, presentó una comunicación al parlamento el 25 de marzo, al que sólo había informado antes de las reuniones del Consejo Europeo.

         En Francia, el ministro de justicia, Nicole Belloubet, se vio obligado a publicar una extensa tribuna en Le Monde, con el título El estado de derecho no está en cuarentena, donde analiza esta situación sin precedentes. Las limitaciones de la libertad son un precio de la protección de la salud de todos. Pero esto no significa cuestionar el estado de derecho, que implica el respeto de los derechos fundamentales bajo el control de los jueces, ni en la teoría ni en la práctica. El normal equilibrio volverá con la normalidad de los tiempos. Pero la ley de 23 de marzo, aprobada parlamentariamente, crea un marco jurídico para afrontar los desastres sanitarios más graves. En ningún caso autoriza la promulgación de normas y decisiones duraderas más allá de lo justificado por la urgencia de la situación. Así, la autorización otorgada al Gobierno para tomar medidas por decreto se limita temporalmente: hasta que desaparezcan las consecuencias de la propagación de la epidemia. Y esas medidas cesarán al final del brote de Covid-19 y no podrán reactivarse si se produce otro. Entretanto, aun con procedimientos urgentes provisionales, nadie estará privado de su derecho a un juez eficiente.

         Curiosamente, ha atenido un eco desusado la petición a Bruselas de la comisión de libertades civiles del parlamento europeo, el 24 de marzo, para que las medidas extraordinarias del gobierno húngaro contra la pandemia respeten los valores fundamentales de la UE. Viktor Orban ha dado motivos de sospecha antes de la actual crisis, pero no parece lógico escandalizarse por la capacidad de dictar decretos mientras dure el peligro, como ha hecho el presidente de la comisión, Juan Fernando López Aguilar: ese criterio temporal abierto no es quizá muy distinto del de Francia, ni del que se anuncia en España.

         Habrá que esperar, pues, a la salida de la crisis. Por ahora se impone acatar los decretos, sin  renunciar a los derechos relativos a la información, para no dejar de recordar a los gobernantes su compromiso con la democracia y las libertades para el momento en que cese la pandemia. En todo caso, es justo no confundir el estado de alarma con el estado de excepción, ni olvidar el último párrafo del artículo 116 de la Constitución: “La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes”. Y rechazar de plano la campaña de propaganda de Pekín, que sigue manipulando la información sobre la pandemia y ahoga cualquier crítica o disidencia: intenta construir una imagen de victoria, y se presenta como “modelo” frente a las democracias liberales. Sólo engañará quizá a países de África: necesita asegurar sus materias primas.

 
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