¿Está justificado el corporativismo de los jueces?

El último caso ha sido la sentencia de ‘La Manada’. Si el polémico fallo provocó una ola de indignación en parte de la ciudadanía, casi fue aún mayor la reacción de los propios jueces, que en su práctica totalidad apoyaron sin fisuras a sus compañeros de toga. Algunos, sin haber leído el veredicto. Se trata de algo no poco frecuente en la carrera judicial. Es lícito preguntarse, ¿está justificado el corporativismo de los jueces?


Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.

El diccionario de la Real Academia Española define el corporativismo como la  “actitud de defensa a ultranza de la solidaridad interna y los intereses de los miembros de un grupo o sector profesional”.

Desde hace años, se les viene reprochando esta postura a los jueces, al considerar que en ocasiones anteponen sus intereses profesionales al servicio público. ¿De qué forma? Fundamentalmente, según afirman fuentes conocedoras del asunto a El Confidencial Digital, en la desidia con que los dirigentes del poder judicial controlan la actividad de los magistrados y tramitan las quejas contra ellos.

Sanciones y control

En efecto, el órgano encargado de gobernar a los jueces, el CGPJ, está compuesto precisamente por jueces y juristas de reconocido prestigio. Los críticos con el funcionamiento del sistema recurren a la manida cuestión de quién vigila al vigilante.

Y aportan datos: en 2017, sólo 15 de los 5.500 jueces en España fueron sancionados por el CGPJ, mientras que de las 12.448 quejas recibidas, se dio traslado a 500 y sólo 34 terminaron en apertura de expediente disciplinario. De los cuales, 17 fueron archivados, según la memoria anual del Consejo. La mayoría de las denuncias van dirigidas contra jueces de primera instancia y de instrucción.

Para paliar esta situación, que viene repitiéndose desde hace décadas, el ex ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón creó en 2013 la figura del promotor de la acción disciplinaria, quien se encarga de tramitar los procedimientos leves. Los graves o muy graves son gestionados por la comisión disciplinaria por decisión del promotor. Sólo los casos de extremada gravedad ascienden al pleno y son resueltos por los veinte vocales del Consejo. Sin embargo, cuatro años después, las cifras siguen siendo muy parecidas.

Presión y presiones

Fuentes del CGPJ consultadas por ECD aseguran que “el sistema funciona, quizá con más lentitud de la deseable, pero funciona”. De hecho, el reglamento contempla una serie de recursos que se pueden elevar a la comisión permanente del Consejo “precisamente para evitar los retrasos”.

También señalan la complejidad de las tareas de los magistrados, algo que en su opinión justifica las pausadas gestiones de los órganos disciplinarios. “Ningún poder del Estado es tan vulnerable como el judicial y a la vez tan necesario”, sentencian, “porque somos los garantes de que la ley se cumple”.

En este sentido, estas fuentes consideran que es necesario extremar las precauciones al tratar sobre las sanciones a los jueces. Cabe el peligro, afirman, de que se utilicen las medidas disciplinarias de forma parcial para apartar a un magistrado de un caso o incluso de la carrera profesional.

Así lo ilustran: “no es raro que lleguen al CGPJ quejas contra un juez en la que, al rascar un poco más, ves que fundamenta muy pobremente su denuncia y terminas encontrando a alguien que es parte en un procedimiento y que ha podido utilizar esta queja para alejar al juez de un caso en el que puede verse perjudicado como parte”, explican.

Estas fuentes defienden el sistema judicial español, porque "aunque tenga deficiencias, como cualquier institución", es preferible a que un órgano externo controle a los jueces. "Si la Justicia es independiente, ningún otro poder estatal, más allá de los propios jueces, debe interferir", explican. Consideran esta premira fundamental para garantizar la total autonomía del tercer poder del Estado para que funcione y no favorezca al legislativo ni al ejecutivo.

Las asociaciones judiciales

"Cualquier forma exagerada de corporativismo es negativa", afirman las mismas fuentes a este confidencial. Pero a la vez, sostienen que no hay que menospreciar la defensa de la carrera que hacen los jueces y en particular, las asociaciones judiciales. "Sin ellas, muchas reivindicaciones no ya lícitas, sino necesarias, para la Judicatura habrían quedado postergadas u olvidadas", aseguran.

Señalan que son los "poderes intermedios", el puente que une al CGPJ y el Ministerio con los jueces, y que su labor es "sana", porque no ha caído en ningún tipo de corrupción en los cuarenta años de democracia. "Por el momento, sus intenciones y métodos son muy rectos", opinan, "cosa que quizá en unos cambios, por desgracia, cambie. Pero a día de hoy, están bien como están", añaden.

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