¿Llevo o no llevo a mis hijos al colegio en este inicio de curso?

Vuelta al cole
Vuelta al cole

Ya estamos en septiembre y la vuelta a los colegios como todos los años se acerca. Sin embargo, este año va a ser un tanto diferente.

El coronavirus ha acabado con la vida de más de 29.200 personas en nuestro país y ya contamos con casi 500.000 casos confirmados. Por lo que la vuelta al colegio, va a ser una de las más duras y difíciles de todos los tiempos, no solo por los rebrotes, sino por la por la polémica que se esta creando sobre la presencialidad o no de las clases.

El deseo de volver a las aulas de forma presencial es algo que todas las comunidades autónomas, además de profesores y alumnos han señalado. Tras meses de clases online, abogan por una educación de forma presencial. "La escuela es insustituible... Las escuelas tienen que estar abiertas y la presencialidad es el concepto general sin excluir otros", afirma la Ministra de educación, Isabel Celaá.

Sin embargo, son muchos los padres que se plantean no llevar a los hijos al colegio de forma presencial por miedo al contagio del virus. Muchos declaran que las medidas impuestas en los colegios no son suficientes para proteger la salud de sus hijos y sus familias. Por lo tanto, ¿llevo o no llevo a mis hijos al colegio en este inicio de curso?

Este confidencial ha contactado con la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado (CEAPA), la Asociación de Profesores de Madrid, con un experto en derecho y con la compañía de Legálitas para obtener información sobre las consecuencias legales de no llevar a los hijos al colegio.

“Para que los niños tengan una educación óptima es necesario que reciban clase de forma presencial”

Tal y como señala la Presidenta de la CEAPA, Leticia Cardenal, la enseñanza presencial es necesaria en los niños para su formación. “Nosotros defendemos la enseñanza presencial, creemos que es la única que asegura la igualdad de oportunidades y por lo tanto defendemos que hay que facilitar que todo el alumnado vaya a los centros educativos sin ningún riesgo de contagio”, afirma.

La educación en España es obligatoria a partir de los seis años. La Ley Orgánica de Educación establece que los niños salvo los que tengan enfermedades, vida itinerante o residencia en el extranjero, deben estar escolarizados entre los seis y los 16 años. Además, la educación debe ejercerse en centros homologados aunque puede ser más flexible en unas comunidades autónomas que en otras.

“Para que los niños tengan una educación óptima es necesario que reciban clase de forma presencial”, afirma Carlos Fernández, presidente de la Asociación de Profesores de Madrid.

Fernandez señala, sin embargo, que a partir de cierta edad, las clases online pueden ser eficaces con la preparación adecuada de alumnos, profesores y recursos. La educación presencial por tanto es de mayor importancia en los más pequeños, ya que tal y como dicen los expertos es donde se les inculcan los valores, aprenden a interactuar y a convivir con los demás. “Hemos de priorizar la presencialidad en Infantil, Primaria y en los más pequeños de Secundaria”, afirma Celaá.

 

Federico de Montalvo, profesor de Derecho de Comillas de ICADE, también defiende la presencialidad de las clases. “Escolarizarse es aprender a convivir, es decir, que los niños se formen en colectividad en una clase y por lo tanto se preparen para ser ciudadanos y puedan vivir en democracia” afirma.

Según Montalvo, la formación se puede adquirir también desde casa, pero el aprendizaje de valores y el ejercicio de convivencia fuera del núcleo familiar es esencial para el futuro como ciudadanos.

Sin embargo, aunque los expertos abogan por la presencialidad de las clases, puede haber muchas situaciones por las que los padres no quieren llevar a los hijos al colegio, ya sea por miedo al contagio del virus, enfermedad del niño o de algún familiar, o desconfianza en las medidas de los colegios, por tanto este confidencial se ha preguntado por las consecuencias legales de no llevar a los niños al colegio en este inicio de curso.

Penas de 3 a 6 meses de prisión

Como hemos dicho antes, la educación en España es obligatoria de los seis a los 16 años. Por lo tanto, para todos aquellos padres cuyos hijos sean menores de seis años y decidan no llevarlos al colegio, no supondrá ningún problema legal. Sin embargo, si los padres de niños de seis a 16 años deciden no llevarlos al colegio, la cosa cambia.

Cuando un niño se encuentra entre estas edades y no acude al colegio, se activa el protocolo de absentismo escolar, lo que puede provocar la incoación de un procedimiento administrativo y, en casos muy graves, puede llegar a multas y penas de prisión de hasta seis meses de cárcel ya que los padres “dejan de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad” aseguran fuentes de Legálitas.

Puede haber excepciones para la escolarización de los hijos

Puede ocurrir que haya niños o familiares inmunodeprimidos con cáncer o cualquier otra enfermedad. Es decir, puede haber algún niño que por sus circunstancias especiales, tenga riesgo a contraer una enfermedad que pueda suponer un compromiso para su vida o para su integridad. Por lo que, tal y como señala Montalvo, se tiene que estudiar bien el caso y si es así “buscar una alternativa a la escolarización porque no es que exista riesgo general, sino que existe riesgo en donde se puede presumir médicamente que el coronavirus puede poner más riesgo en la vida.” afirma.

Otro de los casos es que un padre alegue que el colegio no proporcione las medidas de seguridad necesarias contra el coronavirus. Por lo que también se tendría que estudiar a fondo y en todo caso que el colegio adoptase esas medidas para que el niño pudiese ser escolarizado.

Sin embargo, por regla general según indican los expertos, todo niño debe estar escolarizado, ya no solo porque lo establece La Ley Orgánica de Educación, sino porque ofrece igualdad de oportunidades, aprendizaje de valores, y formación para ser ciudadanos y poder vivir en democracia.

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