El misterioso alto cargo que ha sido vetado cinco años por la Oficina de Conflictos de Intereses

Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

Distintas leyes aprobadas en los últimos años obligan a los altos cargos de la administración a presentar información de carácter personal ante organismos como la Oficina de Conflictos de Intereses: declaraciones de actividades profesionales, certificados de pago de impuestos, documentos que muestren su patrimonio económico...

El Chivato ha podido comprobar que, en base a la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, un alto cargo estatal ha sido sancionado.

Así lo indica el último informe semestral elaborado por la Oficina de Conflictos de Intereses, dependiente de la Secretaría de Estado de Función Pública, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. En el semestre que va del 1 de julio al 31 de diciembre de 2019 hubo un procedimiento sancionador resuelto que acabó con consecuencias para ese alto cargo.

La identidad del alto cargo permanece oculta, tapada en el informe, si bien por la extensión del nombre del departamento (que también aparece tapada) cabe inferir que podría pertenecer o haber pertenecido a los ministerios de Justicia, Defensa, Hacienda o Fomento, nombres cortos frente a denominaciones más extensas de otros ministerios.

El sancionado en cuestión incumplió la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, según un acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de octubre de 2019 que no fue desarrollado, en sus detalles, en la referencia publicada en la web de La Moncloa.

El alto cargo presentó un recurso potestativo de reposición, que fue desestimado, de nuevo por el Consejo de Ministros, el 13 de diciembre.

La sanción impuesta consiste en “la imposibilidad de volver a ocupar un alto cargo durante un periodo de cinco años”, así como publicar la declaración de incumplimiento de la ley en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con la Ley del Alto Cargo antes citada, “las personas que hayan cometido las infracciones tipificadas como graves o muy graves en esta ley no podrán ser nombradas para ocupar un alto cargo durante un periodo de entre 5 y 10 años”.

Es decir, ese alto cargo ha sido sancionado por una infracción grave o muy grave; infracciones graves o muy graves son: incumplir las normas de incompatibilidad por actividades privadas, presentar declaraciones con datos falsos o con datos omitidos, incumplir el deber de abstención en asuntos en los que tenga interés particular...

 

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