Opositores de enfermería militar están dispuestos a llevar al Supremo la ampliación del techo de edad

Reclaman la equiparación con otros cuerpos profesionales del Ejército como el Jurídico, el de Intendencia y Medicina

Tribunal Supremo.
Tribunal Supremo.

31 años. Ese es el límite de edad que impide que muchas personas se puedan presentar a la mayoría de las oposiciones militares con carrera. Varios aspirantes a las plazas, en este caso de enfermería militar, reclaman que se quite el techo de edad como se ha hecho en otros cuerpos militares. Y están dispuestos a llegar al Supremo.

La polémica lleva varios años en activo. Y es que, los famosos límites se establecieron en el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprobaba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas.

Dicha ley establecía, en su artículo 16, el límite de edad para todas las formas de promoción y acceso directo a los distintos cuerpos de las Fuerzas Armadas, en modalidad de carrera universitaria o sin ella, y para las escalas de suboficiales y oficiales.

ECD ha podido contactar con varias fuentes que hablan de un problema que no se remite a pocos casos, y que ya han iniciado el procedimiento mediante la presentación de recursos de alzada a Defensa, el primer paso para llegar al Supremo.

“Problema generalizado”

La cuestión no solo afecta a enfermería, sino a otros cuerpos militares que tienen acceso directo por oposición, como Psicología, Música Militar o otras. De ahí que varias fuentes hablen de un “problema generalizado”. Sin ir más lejos, la famosa chica de las oposiciones del tatuaje está en el límite de esa edad, y no se podría presentar el año que viene.

Sin embargo, el problema del límite de la edad no se aplica a varios cuerpos, como el de Medicina o el Jurídico Militar, que se vieron exentos gracias a sendas resoluciones favorables del Tribunal Supremo.

Por ese motivo, las fuentes de enfermería no comprenden lo “absurdo” de que Defensa no extienda ese derecho reconocido a los cuerpos comunes pertenecientes a la sanidad militar, primero, y también a todos los demás cuerpos.

También las mismas fuentes se quejan del "gasto monetario" que supone tener que estar años pagando a “abogados y procuradores” para que el asunto llegue al Tribunal Supremo. Y todo ello, para que les dejen seguir presentándose a las pruebas de selección.

Los casos de la esperanza

Dos sentencias del Tribunal Supremo en los últimos años han dado esperanzas a estas personas que han iniciado el procedimiento mediante recursos de alzada.

 

En primer lugar, el caso de Medicina se refiere a la resolución por parte del supremo de un recurso contencioso-administrativo, el número 474/2013. Dicho recurso declaraba “la nulidad del límite de edad máxima establecida” en los procesos de selección de acceso al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad de Medicina, sin titulación universitaria y por promoción de acceso directo.

Por otra parte, la Sentencia de 9 de mayo de 2014, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, anuló el artículo 16 del Real Decreto de 2010, que afecta a el Cuerpo Militar de Intendencia, el Cuerpo Jurídico Militar y el Cuerpo Militar de Intervención.

Recurso hasta el Supremo

Según ha podido saber ECD, el proceso hasta el supremo es largo y complejo, con infinidad de recursos y alegaciones que pueden alargar el proceso varios años.

Las fuentes consultadas ya han iniciado el procedimiento, y según cuentan a este medio, tienen intención de “llegar hasta el final”. Primero se interpuso en Defensa alegaciones ante la lista de admitidos al término de las oposiciones, a principios de junio. Recientemente, el ministerio decidió no estimar las alegaciones presentadas.

Es entonces cuando, como marca la ley, se puede dar el siguiente paso: interponer un recurso de alzada. El mismo se presentó a principios de agosto ante el órgano competente de Defensa.

El procedimiento está enmarcado en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que en su artículo 122 punto 2, establece un plazo máximo de tres meses para ser resuelto. En este caso, es el subsecretario de Defensa quien debe tomar la decisión.

Si dicho paso resultara infructuoso, se acudiría al tribunal Contencioso-Administrativo. Y ya después de años de alegaciones y recursos, el asunto llegaría por fin al Tribunal Supremo, quien decidiría finalmente si decide quitar el techo de edad para esa posición en concreto.

Sin embargo, las fuentes aluden también a otras opciones para acabar con el problema, mucho más sencillas y rápidas. Un decreto ley podría obligar a Defensa a quitar el techo de edad en todas las oposiciones. La otra opción, pasaría porque el ministerio extendiera la sentencia del Supremo a todas las oposiciones. Pero como profieren las fuentes, dichas opciones resultan “improbables”.




 

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