Pagar fuera de plazo el impuesto de sucesiones, principal fallo a la hora de recibir una herencia

Los expertos advierten de que desconocer que se heredan también las deudas conlleva la pérdida de patrimonio

Dinero.

Las herencias son siempre un momento complicado dentro de una familia porque sucede después de un fallecimiento. Impuestos, documentación, deudas… los expertos explican que las personas cometen muchos fallos a la hora de recibir este patrimonio y un error grave puede acabar en la pérdida del mismo. 

No son pocas las cuestiones a tener en cuenta a la hora de gestionar y recibir una herencia. Cuando los ciudadanos se enfrentan por primera vez a la gestión de este tipo de trámite, puede haber equivocaciones que se subsanen en poco tiempo, pero también puede darse algún problema que suponga un agravio económico para los herederos. 

Uno de los errores más comunes es desconocer que también se heredan las deudas. La persona que recibe el patrimonio las debe asumir como propias una vez acepte. Los notarios siempre informan de estos hechos, para que la persona decida si quiere renunciar. 

Pagar impuestos en plazo 

Los herederos deben tener en cuenta que existe un plazo fijado en la ley para liquidar el impuesto de sucesiones. 

El plazo de 6 meses empieza a contar desde el momento del fallecimiento de la persona, aunque existe la opción de prorrogarlo otros 6 meses para poder liquidarlo. 

La única situación en la que los herederos no deben pagar impuesto de sucesiones es cuando se renuncia a la herencia de forma pura. En cualquier otro caso, se deben liquidar los impuestos. 

No conocer cómo se reparte una herencia 

Un error muy habitual al enfrentarse al reparto de una herencia, según indican desde reclamador.es, es pensar que a cada heredero forzoso le corresponde un tercio de la herencia. Esta es una “leyendo urbano-jurídica”. 

El patrimonio del fallecido se divide en tres tercios, uno de ellos reservados para los herederos forzosos, pero si son varios herederos ese tercio se divide entre cada heredero. 

Las donaciones, las grandes desconocidas 

 Las donaciones afectan de una u otra manera en las herencias, algo muy desconocido. El artículo 1035 del Código Civil recoge que “el heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida por dote, donación u otro título lucrativo para computarlo en la regulación de las legítimas”. 

 

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato