Presos del 1-O ven "escarmiento y venganza" en que el TS se atribuya decidir sobre el 100.2

Líderes soberanistas condenados por el Tribunal Supremo (TS) han lamentado este jueves que este tribunal haya fallado que le corresponde decidir sobre la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite salidas de prisión en segundo grado, y que tenían todos ellos antes de ser progresados a tercer grado.

BARCELONA, 23 (EUROPA PRESS)

Líderes soberanistas condenados por el Tribunal Supremo (TS) han lamentado este jueves que este tribunal haya fallado que le corresponde decidir sobre la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite salidas de prisión en segundo grado, y que tenían todos ellos antes de ser progresados a tercer grado.

En sendos apuntes en Twitter recogidos por Europa Press, el exconseller Jordi Turull ha afirmado: "Son más fuertes las convicciones y el compromiso que sus injusticias vestidas de escarmiento y venganza. Y cada día más".

El que fue titular de la cartera de Interior Quim Forn ha insistido en que "ni la venganza ni la prisión" harán que renuncien a seguir luchando por la libertad y la justicia.

El exconseller Josep Rull ha vaticinado que, con esta decisión, en un plazo muy breve les revertirán el tercer grado y les impedirán salir a trabajar en virtud del 100.2: "Volveremos a la prisión-prisión. Castigo y venganza. El único idioma que conoce el Tribunal Supremo".

Ha añadido que, para "hundirles" a ellos, con el cambio de criterio sobre el 100.2 el Supremo perjudicará a miles de presos de todo el Estado.

El presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, ha declarado: "¿Qué se han pensado? Cuanto más chantaje hagan, más fuerte es nuestra determinación. ¡Carme Forcadell, seguimos y seguiremos luchando! Democracia, Autodeterminación".

El exconseller Raül Romeva ha dicho que la "venganza del Supremo no acabó con la sentencia, se continuará recreando tantas veces como haga falta".

DECISIÓN DEL SUPREMO

 

Según ha informado este jueves el Supremo, zanja la "controversia" acerca del órgano competente para conocer los recursos de apelación contra la aplicación del régimen previsto en el artículo 100.2, que será el tribunal sentenciador y no las Audiencias Provinciales.

En su auto, el TS ha estimado el recurso de apelación de la Fiscalía y ha revocado el auto de 28 de abril de 2020, del Juzgado de Vigilancia Penitenciario 3 de Lleida, que aprobó la aplicación del régimen del artículo 100.2 a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, condenada a 11 años y medio de prisión por un delito de sedición.

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