Los presos del procés temen que la sentencia les compare con los violadores de La Manada

Los abogados preparan un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE si se aplica el principio de “intimidación ambiental” como prueba de que existió violencia el 1-O

Oriol Junqueras, en el juicio del 1-O.
Oriol Junqueras, en el juicio del 1-O.

En seis ocasiones aparece la expresión “intimidación ambiental” en la sentencia del Tribunal Supremo que aumentó la pena a los integrantes de La Manada. La Sala de lo Penal condenó el pasado 21 de junio a sus cinco miembros a 15 años de prisión por un delito de agresión sexual, y buena parte del fallo se sustentó en este concepto. Algo que ha puesto en guardia a los presos del 1-O.

Los políticos procesados y juzgados por el intento independentista de Cataluña temen ahora que esa valoración sobre la violencia se aplique en su caso, en la sentencia que está previsto sea comunicada en otoño y, según ha sabido Confidencial Digital, reaccionarán en contra.

De abuso a agresión sexual

La “intimidación ambiental” fue clave para que los magistrados contradijeran al TSJ y la Audiencia de Navarra, que sólo veían abuso. Al apreciarla, la Sala halló violencia, requisito indispensable para el delito de agresión sexual, aunque la víctima no fuera en ningún momento forzada.

La sentencia se apoyó, a su vez, en otras del propio TS, según las cuales no es necesario el esfuerzo físico expreso para doblegar a una persona, sino sólo que varias personas, superiores en número o en fuerza aparente, respondan a un plan conjunto para llevar a cabo el hecho delictivo.

Urnas y violación

Ese precedente ha sembrado inquietud entre algunos presos del 1-O, según ha sabido Confidencial Digital. Han comenzado a especular con que el Supremo puede basarse en esta misma “intimidación ambiental” para justificar que sí hubo violencia en los hechos en torno al referéndum, condición sine qua non para que exista delito de rebelión.

“Si es así, sería muy grave que nos comparen con violadores”, afirman a ECD fuentes cercanas a las defensas de varios de los presos. Señalan que están dispuestos a acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y alegar que la Justicia española equipara “poner urnas” a “una agresión sexual”.

Las mismas fuentes dan por hecho el recurso ante el TEDH, una vez agoten la vía ordinaria en España. “Ni el Supremo ni el Constitucional nos van a dar la razón, porque son tribunales políticos”, sentencian. Por eso, preparan ya las alegaciones a presentar en Estrasburgo, entre las que no descartan insistir en denunciar la comparación entre “violadores y demócratas”.

Violencia en el 1-O

Durante el juicio del 1-O, tanto la Fiscalía como la acusación popular, ejercida por Vox, han presentado testigos que han asegurado bajo juramento que hubo violencia la jornada del referéndum, y que aportaron pruebas de que así fue.

Se trata tanto de agentes de la Policía y de la Guardia Civil antidisturbios, pero también ciudadanos que vivieron la votación a pie de urna, junto con vídeos que reflejaban agresiones a los efectivos de las Fuerzas de Seguridad: lanzamientos de objetos (botellas, cristales e incluso sillas), amenazas físicas y verbales, insultos y persecuciones a los agentes en las inmediaciones de colegios electorales.

 

El registro del 20 de septiembre

En una línea similar discurrieron los testimonios y pruebas sobre el bloqueo a los funcionarios que procedía a registrar la Consellería de Economía el 20 de septiembre de 2017, por orden judicial.

Centenares de personas, dirigidas por los entonces líderes de la ANC y de Ómnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, impidieron durante horas la salida de los agentes de la Policía Judicial y de los funcionarios de Justicia que practicaban registros en la concellería.

La secretaria judicial, Montserrat del Toro, tuvo que abandonarla por la azotea, saltando a la del edificio vecino. Declaró en el Supremo, bajo juramento y obligación de decir la verdad, que, a la vista de los gritos y la actitud de los manifestantes, llegó a temer por su vida.

Todo esto ha servido a las acusaciones para argumentar que, aunque no hubo uso de armas por parte de los independentistas y solo episodios puntuales de violencia física expresa, sí se creó un ambiente violento que causó intimidación a los agentes de la Policía y la Guardia Civil y a los ciudadanos, y que por tanto se cometió delito de rebelión.

Está tipificado en el código penal como un alzamiento violento público para conseguir, entre otros fines, la independencia de una parte del territorio nacional, en este caso, de Cataluña.

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato