Un juez admite a trámite una querella contra Canal Plus por la emisión de ‘Cómo cocinar un Cristo’, una parodia que puede ofender a los católicos

La sección decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto en el que se admite a trámite una querella presentada por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro contra Canal Plus por la emisión del vídeo ‘Cómo cocinar un Cristo’.

El 15 de diciembre de 2004, ‘Lo + Plus’ emitió el vídeo ‘Cómo cocinar un Cristo’, un cortometraje de Javier Krahe y Enrique Seseña en el que, tal y como recoge el auto, se observa cómo una persona desprende el cuerpo de Cristo de una cruz, lo deposita en una fuente, lo unta con mantequilla y lo introduce después en el horno de una cocina, al mismo tiempo que hace el siguiente comentario: “se deja tres días dentro del horno y sale solo”, frase que va acompañada de una imagen del Cristo saliendo del horno arrastrado por un hilo.

Diversas organizaciones propusieron entonces un ‘boicot’ a los productos y servicios de empresas del Grupo Prisa para mostrar su rechazo a esta emisión. El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro, con el apoyo de 1.000 denuncias de particulares en toda España, presentó en su día una querella contra la cadena de Sogecable por un supuesto delito de ofensa al sentimiento religioso tal y como se recoge en el artículo 525.1 del Código Penal:

-- Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

En un primer momento, la querella fue sobreseída al considerar el juez que el vídeo y los comentarios vertidos en el programa no ofendían a los católicos.

No obstante, el Centro Tomás Moro recurrió esa decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de Colmenar (Madrid). La pasada semana, como decimos, la Audiencia Provincial ha estimado el recurso y ha dictado un auto determinando que el programa sí ha ofendido el sentimiento religioso de los católicos: “se trata de “una parodia que puede elevarse a la categoría de burla o ridiculización tenaz y ofensiva (escarnio)”.

Además, argumenta que el contenido de la grabación cuestiona “los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la religión católica”. La Audiencia Provincial se basa en la sentencia del Tribunal Supremo con fecha 25-3-1993 en la que se dictamina que “el crucifijo es para la religión cristiana quizá la cosa sagrada por excelencia después de la Eucaristía”.

Fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial Digital explican que este auto llegará ahora al correspondiente Juzgado de lo Penal y se celebrará un juicio oral que seguirá los plazos determinados. Antes, los imputados, entre los que se encuentra el presentador de la La Sexta, Wyoming, deberá prestar declaración.

Puede consultar el auto dictado por la sección decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid admitiendo a trámite esta querella contra Canal + pinchando aquí.

 

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