Ratificada la condena a CAF y una subcontrata a pagar 280.000 euros a la familia de un trabajador fallecido

BILBAO, 19 (EUROA PRESS) El TSJPV ha ratificado la condena a la empresa Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles SA (CAF) y a la empresa José Manuel Armesto Valcarce (subcontrata de CAF) al pago solidario de una indemnización de 279.937,37 euros para la familia de un trabajador fallecido que había expuesto al amianto, según ha informado CC.OO. de Euskadi.

BILBAO, 19 (EUROA PRESS)

El TSJPV ha ratificado la condena a la empresa Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles SA (CAF) y a la empresa José Manuel Armesto Valcarce (subcontrata de CAF) al pago solidario de una indemnización de 279.937,37 euros para la familia de un trabajador fallecido que había expuesto al amianto, según ha informado CC.OO. de Euskadi.

En un comunicado, el sindicato ha explicado que el trabajador falleció en noviembre de 2018 a causa de un mesotelioma pleural maligno, enfermedad que, según ha precisado, se derivó de la exposición profesional al amianto en las instalaciones de CAF.

CC.OO. ha explicado que el empleado estuvo en este centro de trabajo apenas seis meses entre los años 1971 y 1972, lugar en el que entró en contacto con el amianto en operaciones de montaje de trenes.

Al confirmar la sentencia de primera instancia, se considera acreditado que en las instalaciones de CAF "había exposición al amianto", y durante el periodo en el que el trabajador estuvo en la empresa no se utilizó "ningún sistema de extracción localizada en los procedimientos de manipulación de amianto en los que se podían producir desprendimientos de fibras". Además, según ha añadido, tampoco se facilitaban los equipos de protección individual adecuados al riesgo.

El sindicato ha indicado que, durante el proceso judicial, CAF ha intentado demostrar que había mediciones de partículas de amianto en el ambiente, pero el TSJPV "ha derribado ese argumento, puesto que se ha presentado una medición de partículas en el ambiente de trabajo del año 1971, pero que no especifica de qué especie son esas partículas".

CC.OO. ha denunciado que CAF pretende incluso "alterar el relato de las patologías y el sufrimiento que provoca el amianto", lo que, a su juicio, desde el punto de vista de la defensa de la salud en el trabajo es una "irresponsabilidad encaminada a modificar la idea que la opinión pública tiene ya sobre la peligrosidad del amianto".

El sindicato ha añadido que, durante el juicio, tal y como consta en la sentencia, CAF ha esgrimido "un argumento tan débil" para eludir su responsabilidad como que "cuando menos hasta 1973, no se supo en la comunidad mundial los nocivos efectos que la exposición al amianto podía generar".

En este sentido, ha indicado que en la época en la que el trabajador, afiliado del sindicato, estuvo en contacto con el amianto existía ya regulación legal en relación a las medidas de protección específicas ante exposiciones laborales al amianto, regulación que hacía referencia a los reconocimientos médicos, a la concentración máxima de partículas en el ambiente, a los equipos de protección y a la información que era obligatorio trasladar a la plantilla, "todo ello encaminado a evitar el daño que amianto generaba en la salud de las personas".

 

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