Un sindicato de la Policía pide imputar a directores de colegios por el 1-O y un informe sobre la actuación de los Mossos

SPP solicita al juez de Instrucción nº 7 de Barcelona que el cuerpo autonómico remite un informe sobre su actuación en todos los centros de votación del referéndum ilegal

Mossos d´Esquadra frente a un colegio electoral el 1-O.
Mossos d´Esquadra frente a un colegio electoral el 1-O.

El Sindicato Policial de Policía (SPP) ha presentado un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona para solicitarle diversas diligencias en la instrucción sobre el referéndum ilegal de independencia celebrado en Cataluña el 1 de octubre de 2017.

Entre otras medidas, SPP solicita al titular del juzgado de instrucción que pida a los Mossos d’Esquadra la elaboración y remisión de un “informe completo” sobre la actuación del cuerpo de policía autonómica de Cataluña en los centros de votación del referéndum ilegal, “ante la constatación de que la actuación de la Policía Nacional fue necesaria por el incumplimiento o la incapacidad de Mossos d’Esquadra de mantener los puntos de votación cerrados y precintados o, en su defecto, desalojarlos para impedir la celebración de la votación”.

El sindicato mayoritario entre las escalas de mando de la Policía Nacional pretende así que se determinen y, en su caso, se depuren posibles responsabilidades penales “por el incumplimiento del dispositivo diseñado por la Superioridad para cumplir con el mandato judicial del TSJ de Cataluña”.

Hay que recordar que la juez Mercedes Armas ordenó a Policía Nacional, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra impedir la celebración de las votaciones por haber sido suspendido el referéndum. Finalmente el 1-O policías nacionales y guardias civiles intervinieron ante los casos de pasividad por parte de unidades de Mossos que no requisaron las urnas ni cerraron esos puntos de votación.

Otra de las diligencias que solicita el Sindicato Profesional de Policía es que el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona cite, en calidad de investigados, a los directores de 28 centros educativos en los que hubo incidentes de activistas independentistas con agentes de las Fuerzas de Seguridad. Pide que se les impute por los presuntos delitos de desobediencia (art. 410 CP), malversación (artículo 432,1 CP) y el previsto en el artículo 514.5 del Código Penal:

“Los promotores o directores de cualquier reunión o manifestación que convocaren, celebraren o intentaren celebrar de nuevo una reunión o manifestación que hubiese sido previamente suspendida o prohibida, y siempre que con ello pretendieran subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponder, en su caso, conforme a los apartados precedentes”.

 

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