La condición de ‘apto con limitaciones’ en la Guardia Civil, declarada nula por el Tribunal Supremo. Permitía mantener en activo a agentes con lesiones de carácter permanente

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha ganado una importante batalla en los tribunales: el Supremo ha admitido la nulidad de la figura de 'apto con limitaciones', que se venía aplicando hasta ahora a agentes que tenían algún tipo de lesión irreversible o invalidez y que les obligaba a reincorporarse al servicio.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del Real Decreto 1370/2009, de 13 de agosto, por el que se establecía el reglamento para la determinación de aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.

El Confidencial Digital ya informó de este tipo de prácticas por parte del SEPEC –el Servicio Permanente de Evaluación y Clasificación de la Benemérita-, organismo encargado de determinar el estado físico y psicológico de los agentes del Cuerpo.

Esta figura de ‘apto con limitaciones’ obligaba a agentes en situación de baja por lesiones físicas y psíquicas irreversibles –algunas causadas por atentado terrorista-, a reincorporarse a la Guardia Civil en puestos que no conllevasen situaciones de estrés, conducir vehículos a motor, que no deban portar armas y que no deban tomar decisiones autónomas.

Esto ha motivado que la mayoría de agentes que se encuentran en estos casos hayan tenido que recurrir a la vía judicial para resolver sus casos. La Audiencia Nacional, primero, les ha dado la razón. Y ahora el Tribunal Supremo, tras un recurso contencioso administrativo presentado por la Asociación Unificada de Guardias Civiles.

 

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