Destinadas en el Arsenal de Ferrol

Dos mujeres militares con hijos menores de 12 años, exoneradas de guardias y maniobras

El TSJ de Galicia falla que, por tener reconocida la reducción de jornada, están excluidas de servicios gravosos

Puerta del Arsenal de Ferrol.
Puerta del Arsenal de Ferrol.

Sendas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia reconocen el derecho de dos mujeres militares a recuperar la reducción de jornada que perdieron por decisión unilateral del Arsenal de Ferrol.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado sentencia a favor de dos mujeres militares a las que el mando del Arsenal Militar de Ferrol les había retirado algunos de los beneficios que incluye la reducción de jornada por maternidad.

Entre ellos, la exención de realizar guardias, maniobras o servicios que supongan una mayor jornada laboral de la prevista. El Tribunal reconoce así que la potestad discrecional que tiene la administración ante estos casos no es “ilimitada” aunque se argumenten necesidades del servicio.

Ambas militares, con hijos menores de 12 años a su cargo, fueron representadas por el servicio jurídico de AUME, quienes recuerdan que llevan tiempo denunciando este tipo de medidas “arbitrarias y sin concreción”.

De hecho, las sentencias -a las que ha tenido acceso ECD- entienden que la exención de este tipo de beneficios por cuestión del servicio debe hacerse de forma “puntual” y no por sistema, como aseguran viene ocurriendo en este y otros destinos.

 

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