Asesores, subdirectores y secretarios del Ministerio de Empleo han cobrado este mes gratificaciones y pluses de productividad por horas extra: hasta 3.000 euros

Gratificación de 1.120 euros. Productividad de 969 euros. Gratificación de 694,70 euros. Otra de 234 euros. Cargos intermedios del Ministerio de Empleo han cobrado en este mes de diciembre un plus en sus nóminas. El dinero ya ha sido ingresado.

Han sido varios los trabajadores del departamento que dirige Fátima Báñez quienes han recibido estos pluses en sus sueldos de este mes por trabajar horas extras a su jornada habitual. Todos ellos ocupan puestos intermedios en el organigrama y no llegan a ser considerados altos cargos. Entre los receptores se encuentran:

-- Varios asesores.

-- Jefe de servicio.

-- Responsable de gabinete de la secretaría de Estado.

-- Subdirector general.

-- Varias secretarias.

El Confidencial Digital ha podido tener acceso a alguna nómina y estas son las cantidades que han percibido. Varían dependiendo del cargo:

-- En concepto de gratificación: entre 1.600 euros y 150.

-- En concepto de productividad: entre 500 y 3.000 euros.

 

Se da el caso incluso de algún asesor que acumula hasta 3.984 euros en concepto de productividad.

Todas estas cantidades ya han sido abonadas. Concretamente, el pago se hizo el pasado día 20 de diciembre, explican fuentes del Ministerio de Empleo consultadas por ECD.

Fuentes cercanas a la ministra explican, por su parte, que estos pluses se encuentran dentro de la normativa vigente y que se reparten en todos los ministerios. De hecho, ya se tomó esta misma decisión en Empleo el pasado verano. Todos los beneficiados por estos conceptos son funcionarios, aseguran, y ningún empleado laboral ha recibido un sobresueldo.

Las mismas fuentes recuerdan que los presupuestos del Ministerio de Empleo están estrictamente fiscalizados por Hacienda. Añaden que la ministra ha realizado un profundo recorte del personal laboral en el último año.

El pasado mes de agosto, el subsecretario del Ministerio de Empleo, Pedro Llorente, hizo esta apreciación en una carta enviada a El País sobre el pago de estas gratificaciones por servicios extraordinarios:

“La gratificación por servicios extraordinarios es un concepto específico previsto en el artículo 23.3.d de la Ley 30/84, diferente de las pagas extraordinarias. Retribuye servicios realizados fuera de la jornada normal y puede percibirlo todo tipo de personal funcionario. No pueden ser perceptores de gratificaciones extraordinarias los altos cargos. Respecto del personal laboral, la realización de servicios extraordinarios se retribuye a través del concepto de horas extraordinarias.

Es práctica habitual en todos los Ministerios. Los Presupuestos Generales del Estado de 2012 contemplan que las gratificaciones extraordinarias “se concederán por los Departamentos ministeriales u Organismos públicos dentro de los créditos asignados a tal fin”, añadiendo que “no experimentarán aumento respecto a los asignados a 31 de diciembre de 2011”. Los pagos están sujetos a los mismos controles que las demás retribuciones, sometiéndose al trámite de fiscalización por parte de la Intervención General del Estado.

En el Ministerio de Empleo y Seguridad Social se dispone de información documentada de repartos de carácter general desde al menos 2008. Siempre se han mantenido los mismos criterios, sin que suponga, en ningún caso, la exclusión de ninguno de los potenciales beneficiarios que acreditan servicios realizados fuera de la jornada laboral, empezando por los titulares de puestos obtenidos por concurso.

Las cantidades aludidas en la misiva no se corresponden con la realidad, pues el reparto se realiza de forma individualizada en función del trabajo de cada beneficiario. El esfuerzo realizado para ajustar la estructura del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en 2012 ha supuesto un ahorro del 18,06%, estimado en 731.273,89 euros, con la supresión de varias direcciones y subdirecciones generales y un importante número de asesores, entre otras medidas”.

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