Asesores fiscales y gestores tributarios especulan sobre cómo aplicará el Gobierno a las empresas el adelanto de la devolución del IVA

A dos días del primer consejo de ministros de esta legislatura, continúa la incertidumbre sembrada por otra de las medidas avanzadas por Pedro Solbes e integradas en la famosa “inyección de 10.000 millones de euros”: el adelanto de la evolución del IVA a las empresas.

El objetivo fundamental de la puesta en marcha de esta propuesta es un aumento de liquidez, lo que en principio beneficiaría a todas las empresas que accedieran a estas ayudas. Sin embargo, a día de hoy no está nada claro cómo se va a llevar cabo este adelanto.

En la Agencia Tributaria contestan que ellos no se pronunciarán sobre esta medida hasta que no se apruebe. El adelanto de la devolución del IVA a las empresas figuró entre las medidas avanzadas por Solbes en su intervención ante el Banco Mundial la semana pasada. De acuerdo con el ministro, será aprobada en el primer consejo de ministros de esta legislatura que tendrá lugar mañana. 

En cuanto a cómo se llevará a la práctica esta propuesta, de momento no hay respuestas concretas. Primero porque se trata de una medida que ya está disponible para las grandes empresas, quienes pueden solicitar la devolución del IVA mensualmente, en vez de a final de año o en enero del año siguiente, tal y como ha explicado Fernando Baza, experto fiscalista a El Confidencial Digital.

Estaríamos hablando de empresas cuya facturación anual supere los 6 millones de euros. Hay que tener en cuenta que este resumen es presentado por las empresas en diciembre o en enero del año siguiente y que las autoridades competentes tienen un plazo de entre seis y siete meses para comprobar si hay o no devolución del IVA.

Hasta el momento las empresas que se suelen acoger a este adelanto son grandes compañías inmobiliarias o constructoras, puesto que al soportar un IVA del 7% y estar sujetos los bienes y servicios que ofrecen al 16% siempre les sale a devolver. De ahí que opten por adelantarlo para disponer de mayor liquidez. También hay varias compañías del sector agrario que repercuten al 4% y que prefieren este método de devolución.

La duda llega con las PYMES, quienes pueden presentar su liquidación trimestral o anualmente, pero recibiendo siempre la devolución del IVA –y cuando ésta se diera – a final de año. Teniendo en cuenta que las grandes empresas ya pueden solicitar la devolución del IVA por anticipado, sólo quedaría aclarar si cuando en el Gobierno habla de adelantar la devolución de este impuesto a las empresas se está refiriendo a facilitar a las pequeñas y medianas empresas que soliciten la devolución pertinente cada trimestre.

Otra posibilidad sería ofrecerles las mismas condiciones que a las grandes y que puedan solicitar el reintegro del IVA mensualmente aunque, según aseguran a ECD desde la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET), “esto sería caótico”.

Desde este organismo explican que se da mucha casuística en la PYMES y que hay algunos sectores que son mucho más cíclicos que otros. Sería el caso del textil en el que aunque el resultado anual de una empresa fuera negativo y a la sociedad en cuestión le tocara “a devolver”, si pudieran solicitar esa devolución al presentar la liquidación de, por ejemplo el primer trimestre, el resultado sería positivo, puesto que hay mayor volumen de ventas. De esta forma, no les compensaría solicitar esta medida.

 

Video del día

Salvador Illa y Victor Francos admiten que se reunieron
con Koldo García en el Ministerio de Sanidad
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato