Se desmarca de la política del operador estatal

Cercanías de Cataluña se ‘independiza’ de Renfe para no indemnizar a los afectados por la huelga

Rodalies, compañía dependiente de la Generalitat responde a las reclamaciones de los usuarios que la “interrupción de la vía por personas” excluye aplicar la devolución del billete

Vías de Rodalies cortadas por piquetes independentistas.
Vías de tren cortadas por piquetes independentistas.

Renfe ha cifrado en más de 150.000 personas los afectados por las incidencias producidas en varios puntos de Rodalies, en la estación de Sants de Barcelona y en la del AVE de Girona, en el marco de la huelga convocada el 8-N en Cataluña. Pero Rodalies, el servicio de Cercanías en la región, no indemnizará a los viajeros.

Durante la jornada, el tráfico de trenes de alta velocidad permaneció interrumpido entre Figueres-Vilafant (Girona) y Tarragona durante varias horas, después de que un millar de personas ocupara las vías del AVE en Girona a las 8:00 y que la circulación en la estación de Sants fuera paralizada desde las 16:40 hasta las 22:00 en Barcelona.

El servicio de Rodalies comenzó a “recuperar la normalidad”, también sobre las diez de la noche, cuando se restituyó en Sants y permitió coger trenes de entrada.

Desde Renfe se activaron, el mismo miércoles de la huelga, los servicios de postventa para los clientes afectados, y permitir el reembolso del importe del billete y el cambio para otro tren o día sin costes adicionales.

Sin embargo, Rodalies, el servicio de Cercanías de Cataluña, dependiente de la Generalitat, está respondiendo a las reclamaciones de los usuarios que la “interrupción de la vía por personas, animales, vehículos o cosas” excluye aplicar la devolución del billete.

En efecto, es una de las circunstancias en la que no se aplica, tal y como se establece en las condiciones recogidas en su página web.

-- También queda excluido en el caso de retrasos que estén motivados por modificaciones de horarios, a causa de las necesidades de la explotación ferroviaria (obras, etc.), siempre que hayan sido anunciadas con la suficiente antelación.

-- No es de aplicación en las causas de fuerza mayor ajenas a la explotación ferroviaria.

-- Catástrofes naturales, condiciones meteorológicas muy adversas o excepcionales e incendios con origen externo en las instalaciones o infraestructura, pero que condicionan la explotación ferroviaria.

-- Huelgas o paradas laborales, excluyendo los servicios mínimos.

 

-- Amenazas terroristas, sabotajes en vehículos o instalaciones y manifestaciones o problemas de orden público.

-- Interrupción del servicio por orden judicial, gubernativa o policial.

-- Evacuación o atención de personas enfermas.

-- Accionamiento injustificado de aparatos de alarma por una persona no autorizada.

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