Aluvión de escritos a la Administración

Los jueces comienzan a convertir en fijos a empleados interinos y provocan 200.000 reclamaciones

Los trabajadores eventuales buscan aprovechar los fallos basados en la sentencia europea que declara ilegal la concatenación de contratos temporales para la cobertura de puestos permanentes

Oficina con trabajadores.
Oficina con trabajadores.

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJE) de la semana pasada, que defiende que se debe equiparar en España la indemnización por despido en el caso de los trabajadores fijos y temporales, provocó ya entonces un aluvión de reacciones. Ahora, una de las últimas y más numerosos, es la de los interinos de la Administración.

Uno de los primeros colectivos en movilizarse fueron los empleados eventuales despedidos hace menos de un año. Este segmento, que aglutina a unas dos millones de personas, puede acogerse al artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores para presentar una reclamación de cantidad laboral.

De hecho, tal y cómo se contó en ECD, las personas afectadas por una extinción de su contrato temporal en los últimos doce meses (el periodo que no ha prescrito) han comenzado a reclamar el cobro de las diferencias económicas con respecto a las indemnizaciones que han percibido los empleados fijos que han visto extinguido su contrato en el último año.

Pero ahora se abre un nuevo frente, basado en la sentencia histórica en España conocida la semana pasada. Respalda el fallo de la justicia europea a favor de los interinos en la sanidad pública. Un juzgado de Vigo ha reconocido a tres enfermeras y seis auxiliares su condición de trabajadoras indefinidas tras concatenar sucesivos contratos temporales, de seis meses, desde 2008.

Por tanto, tras la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia europeo, los jueces están comenzando a obligar a a la Administración a contratar indefinidamente a personal interino en plazas que deberían contar con un puesto fijo, así como a reconocerles su antigüedad desde el momento en el que firmaron el primero de los contratos temporales.

Una circunstancia que no está pasando desapercibida para los interinos, quienes han comenzado a reclamar a las direcciones generales de Recursos Humanos ser convertidos en indefinidos. Se cifra en un colectivo, según los sindicatos de funcionarios, de 300.000 trabajadores.

De ellos, según confirman a El Confidencial Digital fuentes de varios despachos laboralistas en Madrid, más de la mitad (unos 200.000) están solicitando ya asesoramiento para presentar su escrito a la Administración.

El TJUE declaraba en la sentencia la ilegalidad en la concatenación de contratos temporales para la cobertura de puestos permanentes en el ámbito del sector público español.

Considera que los nombramientos de duración determinada no pueden renovarse de forma concatenada para desempeñar funciones estables incluidas en la actividad normal del personal estatutario fijo, es decir, el uso de estas designaciones de forma sucesiva no puede utilizarse para atender necesidades permanentes, sino que ha de estar justificado por necesidades temporales.

El tribunal europeo viene a corroborar el abuso reiterado y las irregularidades en las contrataciones eventuales. Por ello, los sindicatos también han exigido a la Administración que ponga fin a esta práctica y cree los puestos necesarios para cubrir el déficit estructural de personal.

 

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