Cuestiones legales que debes conocer si aspiras a ganar la lotería de Navidad

El 22 de diciembre la mayoría de los españoles soñamos con lo mismo: escuchar a los niños de San Ildefonso cantar el número de nuestro boleto seguido de la cifra de cuatro millones de euros. Incluso en ocasiones, vemos este hecho como una posibilidad muy remota y nos conformamos con llevarnos alguno de los premios que se reparten para, al menos, recuperar la inversión.

La bola que regala 'el gordo'.
La bola que regala 'el gordo'.

Al comprar nuestro boleto de lotería siempre pensamos en lo mismo. Nuestros sueños, el importe del premio y la ilusión por obtenerlo. Sin embrago, muchas veces nos olvidamos de temas simples que pueden llegar a arrebatarnos el importe y por tanto destruir todo lo anterior.

Por ello, es importante que desde que compramos el boleto tengamos en cuenta una serie de aspectos fundamentales, que facilita la compañía de asesoramiento jurídico y legal Legálitas, que si se cumplen, aumentarán el grado de seguridad económica si resultamos premiados.

Las cuestiones legales que deberás tener en cuenta

-- Saber si mi décimo es auténtico. Si se compra en las Administraciones de Lotería oficiales del Estado no cabe duda de que es fiable. Sin embrago, si ha sido adquirido en puestos no oficiales o algún amigo nos lo ha regalado para hacernos una broma en estas fechas, debemos comprobar que tiene logo, código y todos los elementos de verificación correspondientes. Para cerciorarnos de que los establecimientos están autorizados para venta podemos comprobarlo en la web oficial del Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas, en una web destinada al servicio de loterías y apuestas del Estado.

-- ¿Se pueden comprar décimos por internet? La respuesta a esta pregunta es afirmativa. La validez de un décimo adquirido por internet es la misma que aquel que adquirimos en un punto de venta convencional. Además la compra a través de este sistema tendrá la ventaja añadida de ahorrarnos largas esperas como las que sufren algunos en Doña Manolita, en Madrid. Para garantizar al máximo la seguridad de estas compras hemos de asegurarnos de que navegamos en un entorno web seguro: debe comenzar por https://, o tener un candad o una llave. Además, debes saber que Loterías y Apuestas del estado es la única página oficial que vende lotería por internet. Otro asunto del que desconfiar es si al cobrar un décimo te exigen el pago de una tasa o si ofrecen boletos a precios muy bajos. Debes asegurar el sitio web seguro incluye datos identificativos de la empresa e información de contacto, para poder acceder a ellos en caso de cualquier problema. Si al terminar la operación, no recibimos un correo electrónico en el que se adjunte un documento con firma digital y el número adquirido debemos preocuparnos, esto significaría que no hemos adquirido nada. Este documento, en caso de recibirlo, equivale al décimo que nos entregarían en una Administración convencional. Es conveniente, para el posterior cobro del premio, guardar todos los emails y realizar pantallazos durante la operación.

-- Décimos estropeados. Si el décimo está estropeado o deteriorado, esto puede suponer un problema en el momento del cobro si resultamos agraciados. Por este motivo es muy importante guardarlo de forma segura en un lugar adecuado. Si este resultara deteriorado y ha sido premiado, se debe acudir a Loterías del Estado para que procedan a su autentificación. Sin embargo, esto genera unos trámites que alargarán el plazo de cobro.

-- Décimos compartidos. “El mejor premio es compartirlo” es el eslogan elegido por Loterías y Apuestas del Estado para las campañas de los últimos años. Un estudio realizado por el Centro de Investigaciones Sociológicas afirma que tres de cada cuatro españoles lo comparten. Partimos de la premisa que decidimos con quien compartimos en función de la confianza que tengamos con ellos, sin embargo, siempre se ha de ser prudente, ya que no sería la primera vez que este tipo de acuerdo no formal acaba en los Juzgados. Los décimos son al portador, lo que quiere decir que en principio el premio lo recibe quien lo tiene en su poder. Para evitar que quien lo posea caiga en la tentación de no repartirlo, conviene dejar plasmado documentalmente el acuerdo. Una forma para hacerlo es fotocopiar el décimo con los datos, la firma y la cantidad que juega cada uno. Además, si nuestro décimo resulta premiado es conveniente identificar a las personas entre las que se repartirá para evitar que se considere donación a efectos fiscales.

-- Pérdida del décimo. Antes del sorteo, debes poner una denuncia en la Policía Nacional, Guardia Civil o Juzgado de Guardia. En esta han de constar, además de todas las posibles pruebas, la identificación del documento: serie, fracción y sorteo. Además de notificar el hecho por escrito a la Asesoría Judicial de Loterías y Apuestas del Estado.

-- Dónde acudo para cobrar mi premio. Si el premio ha sido agraciado con un premio inferior a 2.500 euros, se puede cobrar desde el día siguiente al sorteo en los distintos puntos de venta autorizados. Si son superiores a esta cantidad se ha de acudir a entidades financieras habilitadas.

-- Las participaciones. En caso de poseer una participación de un número premiado en el sorteo no podremos cobrarla personalmente ya que tendremos que llevárselo al emisor de la misma y solicitarle que nos reembolse la cantidad que nos haya tocado.

 

-- Fecha límite para cobrar el décimo. Tiene una fecha de caducidad de tres meses que comienzan el día después de la celebración del sorteo. Pasado dicho plazo ya no podremos cobrarlo, por mucho que acreditemos ser los portadores del décimo premiado.

-- Aspectos fiscales a tener en cuenta. Todos sabemos que al ser premiados con la lotería navideña, Hacienda pasa por nuestras cuentas bancarias y nos deduce cierta cantidad: un 20% de la cuantía que exceda los primeros 2.500 euros. A pesar de ser una obtención de renta no se ha de incluir en la declaración de IRPF ya que los impuestos de éste ya se han pagado. Sí se han de incluir los rendimientos de la cuantía económica o inversiones realizadas con él. Si el premio es compartido, el importe sobre el que se aplicará el impuesto se calculará en función del número de personas que la compartan, apuntándose el límite exento, 2.500 euros, por cada uno de ellos.

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