Al TS, que confirma los 6 años de cárcel a un argelino que remolcó a nado hasta Ceuta, a lo David Meca, a un inmigrante

Hoy nos vamos a tomar una pequeña licencia en esta sección ya que la historia que relatamos nos impulsa a ello. Un argelino fue detenido por la Guardia Civil en la madrugada del 3 de septiembre de 2004 cuando alcanzaba la costa de Ceuta a nado, provisto de un traje de neopreno y aletas. A remolque llevaba a un ciudadano de Malí, también con un traje de buceador, sin aletas, pero con flotador. El Tribunal Supremo ha confirmado ahora la condena a seis años de cárcel que la Audiencia Provincial de Cádiz le impuso por intentar introducir ilegalmente en España al inmigrante remolcado desde algún punto de Marruecos a Ceuta. Un hombre consigue tal hazaña nocturna, carga con otra pobre persona, y la justicia no es capaz de considerar lo dramático de la situación. El ciudadano argelino se defendió aludiendo que él también era un inmigrante, que no hacía negocio con el arrastre de su compañero. Pero claro, el Supremo ha rechazado su recurso alegando que, entonces, porqué sólo él llevaba aletas, con las que se avanza mucho más rápido. Para entrar en España, dice el TS, no necesitaba remolcar a nadie, y menos a alguien con quien no le unen lazos de ningún tipo. En cualquier caso, al “David Meca argelino” habría que haberle concedido algo más el beneficio de la duda. Tal vez con haberle devuelto a su casa, este asunto podría haber tenido un final más feliz. Guindilla a los magistrados que sentencian sobre el absurdo.

 

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