El Discurso de Investidura (II)

2º La Constitución.- su mejora

Se ha hablado mucho en los últimos tiempos de nuestra Constitución y de la necesidad de reformarla, cambiarla; e incluso de derogarla y hacer una nueva.

La Actual Constitución, promulgada en 1978, que podemos denominar Constitución de la Concordia, es en éstos momentos, de las diez que hasta ahora nos hemos dado, la segunda de más vigencia de nuestra historia moderna después de la promulgada en 1876; y sin lugar a dudas, la más democrática y con un sistema de autonomía territorial que podemos definir como el más avanzado de todos los existentes.

Es por ello, por su novedad, que en estos 37 años de su vigencia, y en el camino recorrido, hemos tropezado en diversas ocasiones en su correcta aplicación o desarrollo. Ahora, debemos demostrar que hemos aprendido y corregir y mejorar lo que nos permita seguir caminando por una senda más segura.

Aquellas naciones, que se han dado una Constitución o Carta Magna, en algún caso hasta no escrita, pero si con un espíritu fuerte; que han sabido introducir las mejoras necesarias en cada época vivida y han permanecido y permanecen en el tiempo, son las que más estabilidad política y de convivencia, así como de unión con gran beneficio para sus ciudadanos, han conseguido.

Como dije anteriormente Transición solo hay una, en el significado y en lo que significó, cuando se hizo por aquellos que nos precedieron. Y ese paso nos dejó, y nos dejaron, una Constitución cuyo estudio y conocimiento debería ser solicitado por todos los españoles en todos los centros de enseñanza. Y digo solicitado, no impuesto. Pues lo impuesto, nunca se puede llegar a amar y respetar. Este sería también un segundo paso.

¿Que hay que reformar o cambiar, personalmente lo denominaría mejorar, nuestra Constitución? Evidentemente, pero siempre conservando el espíritu que la forjó, y por tanto aquellos fundamentos que la sostienen y nos mantienen: los que nos identifican como Nación, los que hacen que nos podamos entender y expresar, los que nos unen en sus símbolos y tradiciones, los que nos dignifican como personas, con derechos y deberes fundamentales, los que nos permiten ser y sentirnos libres; en definitiva aquellos que nos hacen apreciar el orgullo de ser Humanos, Españoles. Ya que pertenecemos a una muy antigua y gran Nación forjada durante siglos por las mismas glorias y fatigas; forjadora y madre de otras naciones, para las que debemos ser espejo en donde mirarse.

Más estas mejoras deben empezar por pulir y adecuar las leyes que derivadas de la Constitución, o que la desarrollan, han abandonado el camino que la misma indica haciéndonos tropezar y herirnos. Pondré un ejemplo:

Artículo 122. En su párrafo 3º.- El Consejo General del poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánicacuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.

 

Actualmente, y en los términos establecidos por la ley orgánica del poder Judicial,la elección está de la siguiente manera:

El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo y ejerce sus competencias en todo el territorio nacional. Está presidido por el Presidente del Tribunal Supremo de España y compuesto por veinte vocales, nombrados por Su Majestad el Rey a propuesta del Senado y del Congreso de los Diputados. Cada Cámara propone a cuatro juristas de reconocida competencia y además selecciona seis Jueces o Magistrados propuestos en lista triple por los miembros de la Carrera Judicial, en elecciones internas.

En consecuencia el Senado y el Congreso eligen y proponen diez magistrados cada Cámara, ya que aunque los Jueces y Magistrados eligen a sus representantes, son de esa elección previa de donde cada cámara selecciona seis. Y así lo que se ha hecho es politizar la Justicia, ya que si domino (El poder Legislativo) el órgano de Gobierno, domino toda la Justicia. Esto ya permanece desde hace más de treinta años, cuando un vicepresidente del Gobierno dijo que se había “enterrado a Montesquieu”, es decir se había acabado con la separación de poderes.

Porque, si el legislador de la Constitución que fue el parlamento Español, dejó escrito que el Senado y el Congreso propondrían cuatro miembros cada uno, los doce serían elegidos y propuestos por los propios Jueces y Magistrados, sin intervención de las Cámaras. Ese es el espíritu de nuestra Constitución. Por lo tanto con la misma autoridad que se puede sostener que la legislación actual es Constitucional, cualquiera de nosotros con esa misma autoridad, personalmente diría que con mayor autoridad, puede sostener que es Inconstitucional. Y si corrompo, porque conculcar la separación de poderes es corromper el sistema democrático, estoy introduciendo la corrupción en el alma de la misma Constitución. ¿De qué nos extrañaremos que luego se originen otros tipos de corrupción?

Así pues propondré una mejora que incluya en la Constitución de forma clara y expeditiva este punto. Primero propondría la modificación de la elección en la Ley Orgánica actual, para que entrase en funcionamiento a la mayor brevedad y después la mejora en el texto Constitucional.

Cada persona somos libres de pensar, creer y actuar según criterio propio, pero al igual que el ejercicio de esa libertad termina cuando el mismo puede conculcar la libertad de un semejante; en la actuación o servicio público hemos de poner limitaciones o deberes a cambio de unos derechos o poder que conlleva ese ejercicio de Gobierno. Me refiero a que la pertenencia a uno de los tres poderes del estado como es el Judicial, deberá ser renunciando al derecho de asociación basada en las ideas políticas que cada persona tenemos derecho a tener.

Es otra de las propuestas que será sometida a este Parlamento. Y en consecuencia propondré en el artículo 127. 1 de nuestra Constitución la supresión de: La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.En su lugar el mencionado párrafo, terminará: y cualquier asociación de carácter político u orientación que presuponga ideología política.

En consecuencia propondré igualmente la modificación del artículo 22, añadiendo en su apartado 5. y aquellas cuya incompatibilidad estén contenidas en esta Constitución.

Hay otras leyes que están en la misma situación que el ejemplo que acabo de exponer y que será propuesta su corrección y mejora a éstas Cortes. Así como aquellas disposiciones transitorias, contenidas en nuestra Carta Magna y, por tanto no permanentes en el tiempo, que pienso ya han prescrito y que para situarlas en el lugar que actualmente están, se propondrá al tribunal Constitucional que las de por prescritas sin dilación. Son como escamas que hay que quitar de la Constitución.

Será propuesta también a este Parlamento la reforma de nuestra Ley Electoral, siendo admitidas a estudio y debate todas las ideas o proposiciones que sobre el tema tengan sus Señorías. Nos daremos de tiempo, sin prisas pero sin pausas, ésta legislatura que ahora empieza, para tenerla acordada por el mayor número, nunca menos de dos tercios de los Diputados y Senadores, antes del final de la misma y para ser utilizada en las próximas elecciones a Cortes.

Igualmente y para no extenderme en este tema, es mi intención proponer la mejora de algunos puntos del Título Preliminar y del Capítulo segundo, sección primera, del Título I, que nos conduzcan a un reforzamiento del Reino de España como Nación, a que los españoles nos sintamos orgullosos de ella, a que la convivencia sea fluida en una igualdad real, dentro de nuestra diversidad tan rica en tradiciones, cultura, lenguas y sentimientos.

Así mismo mejorar algunos aspectos del Título II, que están desde hace tiempo en la mente de todos. Como todo ello, de acuerdo con nuestra Constitución, nos lleva a la disolución de las Cortes; es trabajo que realizaremos igualmente durante la legislatura, con el fin de hacerlo coincidir con las siguientes elecciones Generales. Y así realizarlo con el menor gasto, la mayor naturalidad, y la menor molestia para nuestros ciudadanos.

Y esta tarea, no se podrá hacer ni la debemos hacer, si no recuperamos el espíritu de concordia que la originó dejando a un lado los partidismos y los personalismos, si no estamos dispuestos a ello tendríamos que concluir que no es ni el terreno ni el momento de enfrentarla. Y aquí sus señorías, todos, tienen la palabra.

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