La ley Celaá

Isabel Celaá, en el Senado.
Isabel Celaá.

Dos páginas en Word no dan para explicar nada más que unos detalles de la LOMLOE.

Si el editor me da la oportunidad se podrán desarrollar aspectos en otros artículos.

Aunque no soy partidario del dato, ni de parecer que me deslomo investigando, pues con la opción buscar de cualquier programa, se obtiene inmediatamente lo que digo, en la ley, en la introducción, se hacen 16 referencias a la LOE. 

Alguien podría pensar que se quiere volver a la LOE, que no fracasó, sino que se aplicó mal.

Esta es una de las 7 leyes educativas españolas desde 1970. Yo casi las he cogido todas como profesor, pero muchos abuelos de los que me leen recordarán el preu, cuarto y sexto y reválida, todos, inventos franquistas, y que intentó recuperar la ley Wert, por suerte, hoy derogada, y los ya democráticos, COU, EGB, BUP, ESO primero y segundo de bachillerato, y sonarán las palabras, educación para la ciudadanía, diversificación, CMC…y tantos otros nombres familiares para las distintas generaciones.

Todo, todo, todo…, porque la educación es muy importante para la vida de los pueblos y se juegan el futuro. Esto es verdad, lo malo es que, lo piensa la derecha, la izquierda, la extrema derecha, la extrema izquierda, los animalistas, los ecologistas… etc. etc.etc.

Con este pensamiento, cuando uno de los grupos llega al poder, como todo está tan mal hecho, hay que cambiarlo. Se podrían cambiar otras cosas, pero tropezarían con grupos que muerden, por lo que, como la educación muerde menos, hay que empezar por ahí, además juegas con la rabona, es decir vacaciones a base de huelgas, convocadas por sindicatos de estudiantes y sus amigos los sindicatos afines. Que chillan o callan según les interesa. Como diría un proverbio (los proverbios suelen ser chinos) “pon un sueldo a un sindicalista y tendrás un conflicto“, si por medio hay estudiantes tendrás vacaciones. Pero no hay que preocuparse, al final todo se arregla (los que han dado religión, cada vez menos, me entenderán, las vírgenes necias al final entraron… señores, convénzanse… entraron). (Mt 25: 1-13). 

Vamos a lo nuestro. 

La ley Celaá apareció en el BOE del 30 de diciembre de 2020, ya ha aparecido oficialmente el calendario de aplicación (recuérdese que al PP se le pasaba la legislatura y no se había aplicado nada). El 19 de enero de 2021 entra en vigor la participación y competencias del consejo escolar, selección del director… algunos, hemos visto, como se ha avisado del cambio repentino de director, argumentando algún motivo, manteniéndolo en estado interino.

 

La plantilla sobre la que se trabaja y sobre la que se modifican los textos de los artículos es la ley Orgánica 2/2006 de 3 de Mayo. Recuérdese que en estas fechas mandaba Zapatero. Sobre ella aparecen frases como “donde pone debe poner…” “donde dice, debe decir…” “ el texto…se cambia por…,” “se rectifica, se añade….” se da nueva redacción”, etc. etc

Aunque me he leído las 86 páginas, por experiencia, cuando sale una nueva ley suelo ir a los chinos, comprarme una lupa e intentar ver la letra chica en las disposiciones adicionales y finales donde se encuentra lo importante. Como es mi costumbre así lo he hecho y he descubierto la disposición final primera.

Vamos a ver qué dice la ley respecto a los padres y a su derecho a la educación de los hijos, independientemente de la declaración de la ministra de que los hijos no son de los padres:

Disposición final primera

Modificación de la ley orgánica 8/1985 de 3 de Julio reguladora del derecho a la educación 

Se modifican los siguientes artículos y disposiciones de la Ley de educación 8/1985 de 3 de Julio reguladora del Derecho a la educación quedando redactado de la siguiente manera 

Uno Artículo cuarto

Los padres y madres o tutores, en relación con la educación de sus hijos e hijas, pupilos o pupilas, tienen los siguientes derechos.

A que reciban una educación con la máxima garantía de calidad, conforme con los fines establecidos en la constitución, el correspondiente estatuto de autonomía y en las leyes educativas.

A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos. 

A que reciban una formación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativas de sus hijos e hijas. 

A participar en el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos e hijas.

A participar en la organización funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo en los términos establecidos por las leyes.

 

Por último, una consideración. La ley vuelve al cuerpo de catedráticos. Casi estaba a extinguir, la ministra pertenece a él.

Nicolás Moreno es catedrático de Física y Química jubilado. Siempre ha estado con números y nunca ha estado liberado.

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