Bruselas promueve la creación de una fiscalía europea contra el fraude

La propuesta de la Comisión tiene un objetivo concreto, dentro del llamado espacio judicial europeo: perseguir los fraudes cometidos en la aplicación del presupuesto comunitario, en torno a los 500 millones de euros por año. La mayor dificultad proviene de las notables diferencias entre los ordenamientos estatales, y en la renuencia a admitir limitaciones de la soberanía en un aspecto tan sensible como el derecho penal. El Reino Unido ha anticipado ya su oposición al proyecto.

La realidad es que abundan grandes y pequeños fraudes, sobre todo, en el ámbito de la política agraria común. Como suele suceder en cada Estado, la abundancia de subvenciones es caldo de cultivo de la corrupción. Pero casos recientes, bastante documentados, se toparon con la absolución de los jueces competentes por razón del territorio.

En la práctica, la mayoría de los 300 asuntos denunciados anualmente por la Olaf, la oficina europea de lucha contra el fraude, queda impune, especialmente ‑según una información de La Croix, 17-7-2013‑, en Grecia, Reino Unido y Rumanía. Sólo acabó en condena uno de cada cinco casos planteados por la Olaf.

De acuerdo con el tratado de Lisboa, sería precisa la "cooperación reforzada" de un mínimo de nueve Estados. La idea es que, a partir de 2015, el Consejo nombre un fiscal general europeo a propuesta de la Comisión. Pero los responsables de las investigaciones serían fiscales delegados, al menos, uno por país.

Algunos inconvenientes de esa posible nueva figura derivan del distinto estatuto del ministerio fiscal en los diversos ordenamientos. En el derecho continental suele prevalecer el principio de jerarquía, que contrasta con la autonomía casi absoluta del juez instructor.

Hace unos años el gobierno del PSOE se planteó trasladar la instrucción a los fiscales. Paradójicamente, coincidía con la línea del entonces presidente Sarkozy en Francia. Pero la reacción contraria de los abogados franceses y de los dos principales sindicatos de jueces fue inmediata: porque el estatuto del "parquet" no garantizaba plenamente la independencia.

De hecho, así lo había afirmado tres años antes el Tribunal de derechos humanos del Consejo de Europa. Pero Sarkozy, como ahora Gallardón en España, parecía preferir lo que un magistrado galo, Serge Portelli, llamó "fiscales de proximidad". A modo de resumen, comentaba: ¿en qué país se confiaría una investigación que afecta al núcleo del poder estatal a un instructor dependiente de ese poder? Así sucedería con el proyecto de fiscal general contra la corrupción en Francia: lo nombraría el presidente de la República, a propuesta del Ministro de Justicia, con el previo dictamen del Consejo superior de la magistratura.

Entretanto, el parlamento francés aprobó el 16 de julio la ley sobre las competencias del Ministro de Justicia y los fiscales en materia de política penal y acción pública. Para salvaguardar la independencia de la fiscalía, prohíbe al ministerio enviar instrucciones relativas a la instrucción de asuntos individuales. Es un avance, porque hasta ahora, el poder podía dirigirse a los fiscales para activar investigaciones preliminares, abrir una información judicial o continuarla. Incluía la posibilidad de solicitar el sobreseimiento, la absolución, una pena particular o, incluso, la decisión de apelar o no.

Pero la reforma Taubira –apellido de la ministra‑ no satisface las expectativas suscitadas por François Hollande en su campaña electoral, según escribía Franck Johannès, en Le Monde 23/5/2013. El texto queda aún lejos de las exigencias del Tribunal europeo. En el fondo, sería precisa la reforma constitucional del Consejo Superior de la Magistratura –los fiscales son "magistrados" en Francia‑: el gobierno de Hollande ha suspendido la tramitación parlamentaria del proyecto, pues intuye que no tendrá mayoría suficiente.

 

También en España sería necesaria una reforma constitucional para trasladar la competencia de la instrucción a los fiscales. De acuerdo con el artículo 124, 2, ejercen sus funciones conforme a principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica. Desde luego, también deben sujetarse a la legalidad y la imparcialidad. Pero, salvo que se vacíe de contenido a esos nuevos fiscales europeos, su introducción no sería posible tampoco en España sin cambiar la Carta Magna.

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