Reforzar los cimientos de la Europa social en el siglo XXI

Se entiende, pero tal vez sería preferible otro sinónimo en nuestra lengua, en torno a esos “cimientos” que señalo en el título de esta columna.

El impulsor de la iniciativa ha sido el presidente de la Comisión de Bruselas, Jean-Claude Juncker, al menos desde su discurso sobre el estado de la Unión de septiembre de 2015. Va más allá de la solución concreta al problema de los “trabajadores desplazados”: la necesidad de que reciban las mismas condiciones laborales y sociales que los nacionales del país que los recibe. No se justifica el miedo al “fontanero polaco” –mito creado en su día para oponerse a la Constitución europea- ni se deberían tolerar desigualdades, en aplicación del principio de idéntica retribución por el mismo trabajo en el mismo lugar.

La iniciativa llega en un momento histórico apropiado –tras el Brexit- para fortalecer los fundamentos, sobre todo en el plano de la política social, de la comunidad europea. Los tratados fundacionales y de funcionamiento, la carta de derechos fundamentales de la UE de 2000, así como la de derechos sociales de 1989, ofrecen buenos puntos de partida para avanzar en este campo, frente a planteamientos demasiado liberales, compatibles paradójicamente con un exceso de regulaciones. No se trata de aumentarlas, pero sí de quemar otro mito: el de la “Europa de los mercaderes”.

La Comisión de Bruselas elaboró en abril de 2017 una recomendación breve, aunque exhaustiva, aprobada unánimemente por los ministros de trabajo y asuntos sociales en el Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores, del 23 de octubre en Luxemburgo. El más reciente refrendo global abre el camino para la aprobación definitiva, también del pleno del parlamento europeo.

No se pretende unificar el derecho de trabajo comunitario. Se mantiene el principio de subsidiariedad. Pero se desea una mayor armonización a través del diálogo de los interlocutores sociales, para avanzar en los grandes objetivos, que recordaban las recomendaciones de 2017, citando los correspondiente artículos del tratado de funcionamiento: libre circulación de los trabajadores, derecho de establecimiento, acuerdos celebrados y aplicados a escala de la Unión, igualdad de retribución entre hombres y mujeres para un mismo trabajo, la contribución al desarrollo de una educación de calidad y a la formación profesional, cooperación en el ámbito de la salud, elaboración y examen de la aplicación de las orientaciones para el empleo y, de manera más general, la aproximación de las legislaciones. Con estos fines, la Comisión propondrá en 2018 una Autoridad Laboral Europea, que refuerce la cooperación entre los Estados y mejore las situaciones transfronterizas

Al cabo, muchos problemas son comunes, aunque afecten de modo diverso a cada Estado miembro, como se ha comprobado en tiempos de crisis económica y política: desafíos derivados de la globalización, revolución digital, cambios en las pautas de trabajo, evolución demográfica y cultural. Importa imaginar medidas que contribuyan a resolver problemas como las desigualdades, el desempleo juvenil y el de larga duración, o la solidaridad intergeneracional.

Concretamente, y aunque hay experiencias positivas en diversos países de la UE, no será fácil lograr objetivos como el derecho a un empleo a la vez “seguro y adaptable”. Se trata de primar contratos por tiempo indefinido –frente a todo tipo de precariedad- y de garantizar la flexibilidad necesaria para la movilidad profesional y para que los empresarios se adapten a las exigencias del cambio. Desde luego, las prestaciones por desempleo no deberán desincentivar un retorno rápido al trabajo.

Puede parecer sólo teórico recordar la interrelación entre desarrollo económico y progreso social, o reiterar la urgencia de diseñar nuevos modelos de crecimiento más inclusivo y sostenible, con mayor cohesión social dentro del aumento de la competitividad. Pero importa mucho el impulso político global que suponen los planteamientos de este “pilar” para los derechos sociales, especialmente concebido para la eurozona, aunque aplicable en los demás países. No deja de ser significativo el gran esfuerzo de la presidencia semestral de Estonia y la celebración de la cumbre social en Suecia, con un crecimiento del 3%, un paro del 6 y máximas cotas de estado del bienestar.

 
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