El terrorismo ante el derecho: es difícil someter la barbarie a la justicia

Al cabo, los miembros del IRA o ETA podían enlazar con raíces cristianas, pero los actuales sultanatos y EI –de Nigeria a Filipinas- sintetizan lo peor de la tradición guerrera islamista.

Muchas esperanzas se han puesto en el liderazgo de Emmanuel Macron, no sólo en Francia, sino en la Unión Europea –junto con Angela Merkel- e, incluso, en el ámbito internacional, tras la renuncia de Donald Trump al tratado de París sobre cambio climático. Ciertamente, Francia jugó un papel decisivo en el éxito de la última gran conferencia mundial sobre ese problema.

Pero el recién elegido presidente galo recibe un país sometido a un relativo estado de excepción, implantado tras los gravísimos atentados sufridos por nuestros vecinos, y prorrogado desde entonces semestre a semestre por la Asamblea Nacional. Está por ver su capacidad de aportar criterios nuevos y eficaces en la no fácil lucha contra el terrorismo. Su cesta innovadora se teje con mimbres viejos. Aunque los elementos clásicos contra la violencia dan ya poco de sí, tal vez Macron encuentre cauces nuevos de concordia entre seguridad y libertad. De momento, sólo ha hablado de asumir la batalla en el Elíseo, creando una task force anti-Daech.

Mucho depende del miedo real de los ciudadanos. Está hoy demasiado presente –y no lo critico- en el Reino Unido, tras los atentados de Manchester y Londres. Uno de los países de mayor y envidiable tradición democrática en el mundo, ha visto cómo se suspendía de nuevo la campaña electoral como consecuencia de la violencia yihadista, protagonizada según parece por súbditos británicos, aunque no nativos.

Ante esta situación, y en una cultura demasiado orientada al máximo beneficio y bienestar –de la vida privada al Brexit-, los ciudadanos podrían optar por renunciar a parte de sus libertades a cambio de seguridad para sus favorables condiciones de vida.

Basta pensar en el estoicismo con que los viajeros sufren hoy auténticas humillaciones en los aeropuertos internacionales, especialmente en vuelos hacia Estados Unidos, después de las consentidas para lograr un visado: aceptan medidas impuestas en nombre de la previsión de atentados y la detección de posibles terroristas. O recordar el gran estigma antidemocrático de Guantánamo, que Barack Obama prometió clausurar... y ahí sigue tantos años después.

Son excesivas las voces dispuestas a reducir los derechos derivados de la intimidad –la privacy anglosajona- para amarrar seguridades, a pesar de su necesaria incertidumbre. Por eso, critican al Parlamento europeo y al Tribunal comunitario con sede en Luxemburgo, por sus decisiones contra invasiones de la vida privada, aunque sean en contextos más bien relativos al libre comercio –big data, limitación de competencia por posiciones dominantes-, o a la expansión y funcionamiento de las redes sociales.

Así sucede con la sentencia de finales de 2016, sobre almacenamiento de datos personales, que podría socavar investigaciones en tiempos de paz: restringe las condiciones de acceso a los datos conservados por los operadores de telefonía o proveedores de servidores de acceso a Internet. Como es natural, limita las acciones policiales y fiscales cuando tratan de analizar las comunicaciones y las redes de víctimas o sospechosos. Salvo situaciones constitucionales de excepción, como la actualmente vigente en Francia.

Ante los atentados de Londres, la primera ministra británica, Theresa May, afirmó la necesidad de una nueva ley antiterrorista. Pero no parece que nuevas herramientas legales servirán para hacer frente a esta nueva forma de guerra constituida por el terrorismo. No lo es, porque no mata en nombre de derechos históricos de un Estado, ni para defender un territorio. Ni cumple reglas humanitarias como las establecidas a lo largo del tiempo por las convenciones de Ginebra.

 

Se trata de una situación jurídicamente inédita, que aborda un conocido juez francés Antoine Garapon, con un profesor de derecho en Nueva York, Michel Rosenfeld, en un libro de PUF sobre el estrés de las democracias como consecuencia de los desafíos del terrorismo global. Señalan vías de solución, ante todo, en el plano político o simbólico: no prometer una seguridad ilusoria, tomar “medidas de serenidad”, confiar más en la acción ciudadana, fortalecer la aplicación del derecho común en lo posible, jerarquizar los derechos fundamentales, en la línea del artículo 15 § 2 de la Convención Europea. En definitiva, redescubrir la prudencia jurídica, especialmente encarnada en la acción de los jueces.

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