También le señala como “cabecilla de una organización criminal”

La Audiencia Nacional imputa al mayor Trapero un nuevo delito de sedición

La juez Lamela le ha citado a declarar el próximo viernes por la “inacción” de los Mossos el 1-O

Trapero acude a declarar a la Audiencia Nacional
Trapero acude a declarar a la Audiencia Nacional

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha citado a declarar al mayor de los Mossos José Luis Trapero por un segundo delito de sedición, a raíz de las investigaciones de la Guardia Civil sobre el papel del cuerpo autonómico el pasado 1-O.


Los pinchazos telefónicos de la Guardia Civil y las declaraciones de Pérez de los Cobos y mossos presentes en las reuniones previas al 1-O acreditan que Trapero no siguió las instrucciones del coronel y que incluso le conminó a que no interviniera en asuntos de la policía autonómica. Lea el auto completo aquí.

En al auto hecho público este lunes, Lamela afirma que la intención de Trapero era “facilitar el referéndum y la proclamación de la república catalana”, hechos que podrían constituir un delito de sedición por parte del mayor de los Mossos cesado.

Lamela ha citado como testigos a Pérez de los Cobos y al sucesor de Trapero, Ferrán González, que cuenta con la confianza de Interior y de Moncloa. De hecho, fue el designado por Zoido tras la aplicación del 155, el pasado mes de noviembre.

Las comunicaciones de Lamela

En su escrito, Lamela libra oficio además a la Secretaría de Estado de Interior para que le remitan el instrumento por el que se nombró a Pérez de los Cobos para coordinar y dirigir el dispositivo de seguridad para y cumplir el mandato del TSJC, en relación con la celebración del referéndum ilegal que tuvo lugar en Cataluña el 1 de octubre de 2017 en Cataluña.

La juez pide que se le informe sobre las competencias y responsabilidades que se le atribuyeron,  así como las comunicaciones que se efectuaron del citado nombramiento a diferentes instituciones y organismos.

Lamela también se dirige a los Mossos  d’Esquadra a fin de que le informen sobre la forma en que se les comunicó el operativo dispuesto para el 1 de octubre, como la identidad de las personas que lo hicieron, los medios escritos u orales utilizados, las pautas de actuación, las órdenes recibidas, la identidad de los jefes de las unidades Brimo y Arro que se encontraban de servicio aquel día, así como las composición y funcionamiento de la cadena de comunicaciones internas entre los agentes que se encontraban de servicio durante aquella jornada.

Por último, la juez requiere  a la Guardia Civil de Cataluña, para que le informe, como unidad de policía judicial,  a fin de que identifique a los agentes de los Mossos que realizaron actuaciones de vigilancia sobre los cuarteles de la Guardia Civil y Comisarias de Policía Nacional el 1 de octubre.

Lamela concluye que la finalidad inmediata de Trapero estaba orientada “a facilitar la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo consciente de que desarrollaba una actuación al margen de las vías legales, desatendiendo el mandato recibido desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y encontra de las decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional”.

Los hechos atribuidos a Trapero podrían constituir, según Lamela dos delitos de sedición por los hechos acaecidos los días 20 y 21 de septiembre  y de 1 de octubre de 2017, sin perjuicio de ulteriores calificaciones “ y  en particular de la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de organización criminal del art. 570 bis del Código Penal”.

 

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