El Ejército del Aire pilotará los nuevos aviones de la Guardia Civil e instruirá a las tripulaciones: cada piloto costará 365.000 euros

La Secretaría de Estado de Seguridad y el Ejército del Aire han llegado a un acuerdo para que los nuevos aviones CN-235 de la Guardia Civil estén comandados por pilotos militares hasta que los guardias cuenten con el suficiente entrenamiento e infraestructura propia. Cada piloto costará 365.110,40 euros.

Según la resolución de 21 de octubre de 2008, recogida por El Confidencial Digital, la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ejército del Aire han llegado a un acuerdo de encomienda de gestión para determinadas actividades en el ámbito de las operaciones aéreas de la Guardia Civil y sus nuevos aviones C-295 serie 300 de reciente adquisición. Los firmantes del ‘trato’,  el pasado 29 de septiembre, son Antonio Camacho Vizcaíno, Secretario de Estado de Seguridad, y José Jiménez Ruiz, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire.

El contrato se resume en los siguientes puntos:

--El coste de hora de vuelo del CN-235 se ha fijado en 2.236,43 euros. La instrucción de cada piloto varía entre los 64.917,10 euros –personal con titulación JAR-FCL 1- y los 365.110,40 euros para guardias sin titulación. La formación de un mecánico de mantenimiento costará 67.088 euros y un radarista 11.768 euros.

--“Para la entrada en servicio operativo de las aeronaves y cumplir las misiones asignadas, se necesita disponer de las tripulaciones necesarias así como gestionar el correspondiente mantenimiento de las aeronaves, para conseguir un esfuerzo operativo de 600 horas de vuelo por aeronave y año”, señala es escrito.

--“La Guardia Civil, manteniendo la titularidad de sus aviones CN 235-300, encomienda al Ejército del Aire la operación de esos aviones y el sostenimiento de los medios aéreos, durante la vigencia establecida y hasta que la Guardia Civil disponga del personal cualificado y suficiente que le permitan acometer dicha operación”.

--“El Ejército del Aire acepta instruir o adiestrar al personal de la Guardia Civil que se determine como pilotos, técnicos de mantenimiento y operadores radar para la operación de los citados aviones”.

--“Hasta que la Guardia Civil no tenga las tripulaciones aéreas adecuadas para operar, será responsabilidad del Ejército del Aire asumir la ejecución de las operaciones aéreas para hacer efectivas las misiones encomendadas a la Guardia Civil. La ejecución se hará, en este caso, conforme a las normas y procedimientos aeronáuticos propios del Ejército del Aire, añadiendo aquellas otras específicas para las misiones de la Guardia Civil”.

-- “En aquellos vuelos que estén tripulados por personal del Ejército del Aire se integrará en la tripulación un miembro de la Guardia Civil, en calidad de Jefe de Misión”.

--“La Guardia Civil compensará al Ejército del Aire por cuantos costes le ocasione la aplicación de este acuerdo los cuales se establecen en:

 

a) Coste correspondiente a las horas de vuelo realizadas al precio indicado. Estos precios incluyen los costes producidos por el mantenimiento, así como el coste por servicios en las bases de operación. Durante la duración del acuerdo los precios establecidos podrán ser revisados, dada la reciente incorporación de la flota T-19 VIGMA al Ejército del Aire. No obstante, como mínimo, dichos precios se actualizarán anualmente por el IPC.

b) Resto de gastos ordinarios o extraordinarios incurridos en la aplicación de este acuerdo (combustible, traslados terrestres de material, tasas de ruta y aeroportuarias, etc.). c) Coste correspondiente a los procesos de instrucción o adiestramiento del personal para las tripulaciones de la Guardia Civil”.

--“La Guardia Civil asumirá el seguro de ocupantes (tripulantes y, en su caso, pasajeros). Asimismo, se hará cargo de los posibles daños a terceros y no efectuará reclamación alguna a dicho ejército por los daños, de cualquier tipo, que pudieran causar o sufrir sus aeronaves (accidente o incidente) en las misiones derivadas de la aplicación de este acuerdo, sin que esto pueda suponer renuncia a derecho alguno que legalmente corresponda a la Guardia Civil. Tanto la mencionada responsabilidad de la Guardia Civil como la consecuente exención de responsabilidad del Ejército del Aire estarán sujetas a los límites legalmente establecidos”.

--“Como bases de despliegue se podrán utilizar todas las Bases de la estructura del EA. Bases periféricas: El Sector Aéreo Canario, con sede en Santa Cruz de Tenerife, será la primera Unidad Periférica del Servicio Aéreo que cuente con aeronave de ala fija, utilizando inicialmente la Base Aérea de Gando-Las Palmas”.

--“Los niveles de formación previos para tomar parte en las actividades es deseable que estén en consonancia con los exigidos al personal del Ejército del Aire que participa en los procesos equivalentes; esto es: Primer Ciclo Universitario para los pilotos. Bachiller para el personal de mantenimiento y los operadores radar y FLIR. Graduado Escolar o 2.º Curso de la ESO para los auxiliares de operadores y buscadores”.

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