“Extemporánea, errónea, hipócrita, falsaria y jurídicamente irrelevante”: así califica el PP la Ley de Memoria Histórica

La Ley de Memoria Histórica es “extemporánea, errónea, hipócrita, falsaria y jurídicamente irrelevante”. Con esa contundencia se expresa el PP, que ha elaborado un detallado estudio sobre las contradicciones y problemas que crea esa iniciativa del Gobierno.

El documento elaborado por el Partido Popular sobre la citada ley dice así:

-- La Ley de Memoria Histórica (LMH) es el empeño de Zapatero de mirar al pasado y sembrar división en la sociedad.

-- Es una Ley innecesaria, extemporánea, errónea, hipócrita, falsaria y jurídicamente irrelevante.

-- Tiene que ver más con la separación y la división entre españoles que con la reparación de las víctimas.

-- No sintoniza ni con los anhelos, ni con los sentimientos mayoritarios de la sociedad española.

-- Traiciona el acuerdo de noviembre de 2002 que daba por concluidas las iniciativas que tenían que ver con esta parte lamentable de nuestra historia y reiteraba la renuncia a cualquier uso político de la misma.

-- La LMH introduce derechos ficticios sin contenido alguno como el denominado derecho a la memoria personal y familiar, algo que no se encuentra en el derecho comparado y para cuya declaración no intervienen los jueces.

-- La LMH disfraza de iniciativa de concordia lo que es un paso más en la estrategia de ruptura del gran pacto de convivencia entre los españoles que fue la Transición y la Constitución.

-- Sus fines son contradictorios en sí mismos.

 

-- Busca suprimir división, pero la propia existencia de la ley significa un factor de división y de enfrentamiento.

-- Habla de reconciliación y de concordia, pero en realidad remueve el barro.

-- Las heridas del pasado quedaron definitivamente cerradas con la Transición, la reconciliación nacional y la Constitución de la concordia.

-- La Transición, que cerró una larga historia de división y además cerró y cicatrizó las heridas de la guerra civil y del franquismo, es la mejor memoria que tenemos todos los españoles.

-- La Constitución de 1978 encarnó el abrazo de todos y para todos.

Argumentos jurídicos

1) Desde el punto de vista jurídico, la LMH es de lo más paradójica. En vez de basarse en la Constitución de 1978, que incluye una disposición derogatoria que invalida “cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución”, el actual borrador de la LMH ignora nuestra Carta Magna y proclama la derogación de diez leyes de la Dictadura y tres bandos del golpe de Estado de Franco promulgados en 1936.

La derogación de los tres bandos es un disparate jurídico: fueron suprimidos por el mismo Franco tras el fin de la Guerra Civil (es decir, llevan más de 70 años anulados).

Respecto a la derogación de las diez leyes franquistas, ya fueron suprimidas en 1978. ¿Qué sentido tiene “rederogar” estas diez leyes de la Dictadura? No tiene sentido. Pero la cosa no queda ahí. Según muchos juristas la LMH plantea dos problemas (mejor dicho, dos disparates):

-- Pone en tela de juicio la disposición de nuestra Carta Magna que deroga “cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución” (¿no tiene suficiente validez jurídica para el PSOE y sus socios la Constitución?).

-- Aprobar ahora, en el año 2007, una norma derogatoria de estas diez leyes de la Dictadura supone dar legitimidad y legalidad en el presente a estas leyes. En otras palabras: que hasta el día en que se apruebe la LMH es legal y legítimo, por ejemplo, la represión contra la masonería y el comunismo o la Ley de Orden Público franquista y su Tribunal de Orden Público.

Las diez leyes de la Dictadura que se van a derogar, según el borrador actual de la LMH son: Leyes de Seguridad del Estado, de 1940 y de 1941; de reforma del Código penal de los delitos contra la seguridad del Estado; la Ley de modificación del delito de Rebelión Militar, de 1943; el Decreto-Ley de 1947, sobre Rebelión militar y bandidaje y terrorismo; las Leyes de reforma del Código de Justicia Militar (42/1971 y 44/1971); las Leyes de 1939 y de 1942 sobre responsabilidades políticas; la ley de 1940 sobre represión de la masonería y el comunismo, la Ley de Orden Público (1959) y la Ley creadora del Tribunal de Orden Público (15/1963).

2) La LMH es innecesaria pues ya existen 11 leyes, aprobadas durante la Democracia, a favor de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo: El Decreto de 1975 que anula las sanciones administrativas contra los contrarios al régimen que establecía la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939; el Real Decreto de indulto de 1976; la Ley de Amnistía de 1977; el Real Decreto de 1978 para la atención a los militares que lucharon en la Guerra Civil con el Ejército de la República; Ley de 1979 que reconoce pensiones, asistencia médica y asistencia social a viudas, hijos y familiares de fallecidos en la Guerra Civil; Ley de 1980 que reconoce los derechos sociales de Mutilados de la República; Ley de 1984 de reconocimiento de derechos y servicios prestados al Cuerpo de Carabineros de la República; Ley de 1978, modificada en 2005, de devolución de bienes a los sindicatos; Ley de 1990 que establece indemnizaciones económicas a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía de 1977; Ley de 1998 de Restitución de Bienes y Derechos incautados a partidos políticos; Ley de 2005 que reconoce una prestación económica a los Niños de la Guerra.

3) La LMH deja la puerta abierta a que se reclamen de forma individual cientos de casos, con lo que deberán ser los jueces y, en última estancia, el Tribunal Supremo, los que tengan que aplicar esta ley llena de ambigüedades. Se producirá un aluvión de reclamaciones que, previsiblemente, inundará los tribunales.

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