Interior autoriza a la policía a que utilice aerosoles de defensa personal contra delincuentes por primera vez pero no explica cómo usarlos

Desde ahora, los agentes podrán hacer uso de aerosoles. Sin embargo, el Ministerio se niega a redactar un protocolo para la utilización de estas armas y asegura que es suficiente con que los agentes lean las instrucciones. La Guardia Civil se rige en estos casos por una norma del año 2000.

La duda surgió hace unos días, cuando un policía tuvo que utilizar un aerosol –que le había sido proporcionado junto al resto del equipo-, en una intervención policial. Entonces, surgió el interrogante sobre si estaba o no permitido su utilización y en qué circunstancias.

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) trasladó la duda al Consejo de Policía. En el escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial Digital, se reconoce que “en algunas dependencias de la policía o algunos compañeros se les ha entregado como parte de su dotación spray de defensa personal”. Después, la asociación pidió que se les informase de qué dotaciones y en qué circunstancias podían hacer uso de este tipo de armas.

El Ministerio de Interior ha reconocido en su respuesta que no existe un protocolo que determine las circunstancias ni los límites con los que se deben utilizar. Se reconoce que la Policía “contaba como dotación desde los años 80, además de las defensas de gas, de los llamados Skram, Streamer y Ministreamer, en esencia sprays de defensa personal. En otras ocasiones, la Policía ha adquirido sprays de gas para unidades que los necesitaban”.

Pues bien. Según ese Reglamento de armas 137/1993, se prohíbe el uso, entre otros, de defensas eléctricas, sprays de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles salvo las autorizadas por el Ministerio de Seguridad y que cualquier ciudadano mayor de edad puede comprar en una armería.

Según fuentes de la Dirección General de la Policía, los sprays están dentro de este apartado. Sin embargo, hay un matiz: los aerosoles que han llegado a diferentes comisarías “están compuestos, en su mayor parte, de capsalcina -un alcaloide obtenido de la guindilla y los chiles-, y están diseñados para provocar sensación de extrema quemadura en los ojos, lagrimación abundante, cierre involuntario de los ojos, irritación en las mucosas nasales, tos y opresión en el pecho que podrían durar unos 20 minutos, en los que la víctima quedaría incapacitada para ejercer violencia”.

Es decir, que existe gran confusión sobre el tema. Quien si tiene este protocolo de actuación es la Guardia Civil que adquirió en 2006 una partida de 12.000 de estas “armas” a la empresa Falken. Paralelamente a dicha adquisición, se repartió un protocolo de dos folios que había sido elaborado por el Estado Mayor de Operaciones en el 2000 y en el que se advierte de sus peligros y se recomienda limitar su uso a acciones de agresión, resistencia o detención en las que sea necesario la inmovilización temporal. Además, aconseja llevar a la persona sobre la que se haya utilizado a reconocimiento médico.

Consulte aquí (en formato PDF) los escritos que se han intercambiado el Sindicato Unificado de Policía y el Ministerio del Interior.

 

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