Los Mossos d'Esquadra pillan “in fraganti” a dos agentes del CNI que realizaban un operativo en torno a un extraño personaje

Dos agentes del CNI fueron interceptados por los Mossos d'Esquadra en Barcelona, a finales del pasado mes de julio, mientras realizaban un operativo en torno a un curioso personaje del que apenas se conocen datos.

Según ha podido saber El Confidencial Digital, hace cinco semanas, agentes de una patrulla de los Mossos d'Esquadra que participaban en un dispositivo rutinario de seguridad ciudadana en el distrito barcelonés de Sant Martí se vieron obligados a exigir la identificación a una pareja que mantenía un extraño comportamiento.   El alto y el requerimiento de identificación de los Mossos provocaron en realidad que se frustrara un operativo del Centro Nacional de Inteligencia que, según informaciones recogidas por ECD, está relacionado con el seguimiento de una persona de la que se dispone muy poca información. Este confidencial tan solo ha podido refrendar que el individuo se sintió amenazado y reclamó ayuda.   Un portavoz oficial de los Mossos d'Esquadra sólo ha confirmado a este medio que la pareja interceptada se identificó ante la patrulla como personal del Ministerio de Defensa, ardid empleado habitualmente por los miembros de los Servicios de Inteligencia Españoles. La policía autonómica catalana explica, además, que estas personas estaban en la vía pública y tras realizarse algunas gestiones pudieron identificarse plenamente, ante lo cual no se requirió ninguna intervención más por parte de los mossos.   Este confidencial también ha podido constatar que los dos miembros del CNI no llevaron a cabo ninguna actividad que los agentes pudieran considerar ilícita.   Informaciones oficiosas recogidas por ECD aseguran que los agentes del CNI pudieron ser “mordidos” por la policía autonómica –expresión utilizada en la jerga de inteligencia cuando se detecta un operativo del centro- por una denuncia realizada por el personaje en cuestión, que alertó a los Mossos de que estaba siendo objeto de vigilancia. Este hecho habría motivado el “control rutinario” de los agentes policiales.   En cualquier caso, la “mordida” supone para los agentes un cierto descrédito que podría ir acompañado, además, de medidas sancionadoras por parte de “La Casa”.   Hay que aclarar que los funcionarios miembros del CNI no son agentes de la autoridad. Otro dato de interés: en su configuración actual –como indica la Ley 11/2002 y la Ley Orgánica 2/2002 reguladora del control judicial previo del CNI que la complementa- los operativos del centro sólo precisan del mandato judicial de un magistrado del Tribunal Supremo para intervenciones que afecten al secreto de las comunicaciones o a la inviolabilidad del domicilio.   Este medio se ha puesto en contacto con el CNI desde donde han declinado realizar valoración alguna sobre esta información.

 

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