La norma para convocar el 1-O

Puigdemont no cita al rey Felipe VI en la ley del referéndum y además evita promulgarla

Las dos menciones no aparecen en el texto definitivo publicado en el DOGC. Ha incumplido el Estatuto de Autonomía y la legislación que regula las competencias del presidente de la Generalitat

Carles Puigdemont firma la Ley del Referéndum.
Carles Puigdemont firma la Ley del Referéndum.

Carles Puigdemont y los consejeros del gobierno de la Generalitat firmaron cerca de medianoche, tras el larguísimo pleno en el Parlament, la Ley del Referéndum de Autodeterminación con el que regulan la votación del 1 de octubre sobre la independencia. Además del fondo de la norma, que ha sido recurrido ante el Tribunal Constitucional, también hay aspectos formales que incumplen la legislación vigente.

Tras una jornada maratoniana y tumultuosa en el Parlament por las protestas de la oposición, el gobierno autonómico de Cataluña se reunió para firmar en el mismo edificio de la cámara tanto la Ley del Referéndum y después los decretos que, en base a esta ley, convocan y regulan los detalles del plebiscito del 1 de octubre.

El Gobierno se reunió este jueves en Consejo de Ministros para aprobar los recursos ante el Tribunal Constitucional contra la ley y contra los decretos de la Generalitat que se derivan de la misma. El recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Referéndum se refiere al contenido de la norma, que trata de dar amparo legal a una votación para proclamar la secesión de Cataluña.

Pero, además, la ley firmada por Puigdemont tiene defectos de forma: defectos que, en el contexto actual de desacato a la Constitución y a los tribunales, se puede entender como un nuevo gesto de “desconexión” del presidente de la Generalitat respecto de la legalidad.

Yo, en nombre del rey...”

Y es que el encabezamiento del texto definitivo de la Ley del Referéndum, tal y como apareció publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, se aparta de la redacción que hasta ahora tenían todas las leyes aprobadas por el Parlament y ratificadas por el presidente catalán.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlament de Cataluña ha aprobado la Ley 19/2017, del 6 de septiembre, del referéndum de autodeterminación”: así comienza el texto de esta norma. Lo llamativo es que elude formalidades muy significativas, como la mención al rey.

Y es que el Estatuto de Autonomía de Cataluña, en su artículo 65, y la Ley de la Presidencia de la Generalitat, en el artículo 11, regulan que el presidente tiene la atribución de promulgar, en nombre del rey, las leyes, los decretos legislativos y los decretos ley de Cataluña y ordenar su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Boletín Oficial del Estado.

De hecho, hasta ahora todas las leyes del Parlament citaban al jefe del Estado, con la fórmula “el Parlament de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey...”. Pero en la Ley del Referéndum que pretende servir para romper con España, Carles Puigdemont omitió a Felipe VI.

No es la primera vez que Puigdemont realiza un gesto de desapego hacia la figura del rey de España. En su toma de posesión del cargo de presidente de la Generalitat en enero de 2016 evitó pronunciar la fórmula legal de “cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado”, y la sustituyó por asegurar su fidelidad a “la voluntad del pueblo de Cataluña, representada en el Parlament”. Entonces era sólo una fórmula oral en un acto protocolario, pero ahora la elusión del rey aparece en el texto legal.

“...promulgo la siguiente ley”

No es la única irregularidad que se aprecia en esta frase que encabeza la Ley del Referéndum de independencia. Una especialmente curiosa se refiere a que, en virtud de las competencias que le atribuyen las leyes, el presidente de la Generalitat es el encargado de promulgarlas.

 

De ahí que en todas las leyes anteriores, Puigdemont y sus predecesores utilizaran la fórmula “yo... promulgo la siguiente ley”. Pero, como se ha indicado en la fórmula elegida por el gobierno autonómico esta vez, se limita a hacer notorio que el Parlament ha aprobado la ley, pero evita promulgarla formalmente.

Como consecuencia de eludir todas estas menciones, la ley firmada por Carles Puigdemont tampoco cita ese artículo 65 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que es el que le faculta para promulgar las leyes y decretos y ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat.

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