“Apto con limitaciones”. El servicio médico de la Guardia Civil está intentando reincorporar a agentes con “incapacidad irreversible” y a otros que fueron víctimas de terrorismo

Agentes de la Guardia Civil, en situación de baja por lesiones físicas y psíquicas irreversibles –algunas causadas por atentado terrorista-, han tenido que recurrir a la Audiencia Nacional para que se les concediera el pase a la jubilación por incapacidad. Los servicios de evaluación médica del Cuerpo les obligaban a reincorporarse en situación de 'apto con limitaciones'.

Para algunos de los agentes consultados por El Confidencial Digital, la situaciones generadas por los informes del SEPEC (Servicio Permanente de Evaluación y Clasificación) “son insostenibles”. Denuncian que el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil les han intentado dar de alta de forma parcial, a través de una figura denominada ‘apto con limitaciones’.

En la práctica, esta calificación implica que agentes dados de baja por problemas psicológicos o físicos “irreversibles” se reincorporan de nuevo al Cuerpo pero con una serie de límites, cuanto menos, curiosas.

Las del SEPEC (Servicio Permanente de Evaluación y Clasificación), elaborados por una junta médico pericial, concluyen que los agentes deben volver al trabajo, pero en puestos “que no conlleven estrés, que no sea necesario conducir vehículos a motor, que no deban portar armas y que no deban tomar decisiones autónomas”.

Esto ha motivado que la mayoría de agentes que se encuentran en estos casos hayan tenido que recurrir a la vía judicial para resolver sus casos. La Audiencia Nacional, según las fuentes consultadas por El Confidencial Digital y la documentación que obra en poder de este periódico, les ha dado la razón.

"Trastorno de estrés postraumático crónico"

Algunos de los casos que ha conocido este confidencial revisten especial gravedad. Sus protagonistas son agentes que se encuentran de baja tras haber sufrido en persona atentados terroristas de ETA e incluso de terrorismo islamista.

ECD ha tenido acceso a un expediente concreto, en el que la Junta Medico Pericial Ordinaria dictaminó que un agente sufría “trastorno de estrés postraumático crónico” a raíz de la explosión de un coche bomba colocado por ETA en un acuartelamiento de la Guardia Civil, cuando la víctima se encontraba junto a su familia a una distancia próxima.

El Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil comunicó al interesado su resolución: era destinable en cualquier puesto que cumpliera los requisitos arriba citados.

Fuentes de la Guardia Civil, consultadas por ECD, aseguran que esas limitaciones en la práctica imposibilitan de forma absoluta cualquier tipo de puesto. Sobre todo la que se refiere a “tomar decisiones autónomas”.

 

Ante esta situación, y siguiendo el consejo de otros agentes que habían pasado por la misma situación anteriormente, se acudió a la vía judicial y se presentó un recurso administrativo.

El proceso finalizó con una sentencia de la Audiencia Nacional, en la que fallaba que la resolución de los servicios médicos de la Guardia Civil no era conforme al derecho, “declarando la inutilidad permanente para el servicio del recurrente por insuficiencia de condiciones psicofísicas”.

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