Que un agente de paisano se emborrache daña la imagen de toda la Guardia Civil. El tribunal militar central utiliza este principio para dictar una condena de un mes de inhabilitación

"La embriaguez fuera de servicio daña la imagen de la Guardia Civil". Así de contundente se ha pronunciado el Tribunal Militar Central al dictar sentencia contra un Sargento 1º del cuerpo.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial Digital, se trata de una falta grave recogida en el artículo 8º de la Ley de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, y sancionada con un mes de inhabilitación.

Los hechos se remontan a la noche del 29 de abril del 2010 cuando el Sargento nº 1 de la Guardia Civil protagonizó un altercado en el bar ‘El Rincón’ de la localidad de Calatorao (Zaragoza).

El militar se encontraba en estado de embriaguez en el momento en que se produjo el incidente. La reyerta se originó por una discusión mantenida con una señora, que le lanzó un objeto en el interior del local. Minutos después, el Sargento se trasladó al centro de salud de uno de los pueblos cercanos.

El Sargento de la Guardia Civil alega en su recurso que “se vulneró el principio de legalidad-tipicidad ya que el estado de embriaguez se sustenta -según el demandante- en apreciaciones subjetivas”.

Pese a las acusaciones sobre el daño a la imagen pública ocasionado al colectivo de la Guardia Civil, el Sargento no considera que su acto haya afectado a la reputación de la institución.

El Tribunal Militar ha desestimado el recurso del militar y ha confirmado las resoluciones y hechos ocurridos.

 

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