Así es el reglamento sobre víctimas del terrorismo que entrará en vigor este mes: las condecoraciones no serán pensionadas, los ilesos en atentado no tendrán reconocimiento

El consejo de ministros aprobó el pasado viernes el reglamento que desarrolla la Ley de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo, las cuales se han mostrado molestas con su contenido. Este es el texto que está pendiente de la firma de cuatro ministros para que se publique en el Boletín Oficial del Estado.

Con un año y medio de retraso, el Gobierno de Mariano Rajoy ha desarrollado ya un reglamento que venían reclamando las víctimas del terrorismo desde la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero.

El Confidencial Digital ha podido tener acceso al documento que se elevó al consejo de ministros el pasado día 9. El Gobierno dio el visto bueno a su aprobación y ahora solo queda su publicación en el BOE para que entre en vigor. Este es su contenido:

-- El reglamento contempla tres situaciones posibles:

1. Un régimen transitorio para aquellos que quieran solicitar la diferencia entre las indemnizaciones inicialmente cobradas desde el 1 de enero de 1960 y la cantidad actual.

2. Un régimen retroactivo para los que nunca recibieron indemnización alguna.

3. Y un régimen de futuro para los que sufran una acción terrorista tras la aprobación del reglamento.

-- La nueva ley aumenta las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual de la víctima de 90.000 euros hasta un máximo de 113.680. También se cubren los gastos de alojamiento provisional de aquellos que tengan que abandonar su hogar tras sufrir un atentado, aportando 90 euros por persona y día para un hotel o 1.500 euros mensuales para un alquiler.

-- Los daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales también cubiertos con hasta 113.680 euros, así como los desperfectos en los vehículos de las víctimas, que asciende hasta los 30.500 euros (antes eran 21.035).

-- Además, se aportarán hasta 3.600 euros para cubrir tratamientos psicológicos, ayudas educativas de hasta 1.500 euros, se abonarán todos los gastos por tratamientos médicos y las víctimas tendrán preferencia en las adjudicaciones de viviendas de protección pública.

 

Malestar entre las víctimas

El Gobierno de Rajoy tiene ante sí una delicada situación con respecto a las víctimas, que ya criticaron duramente la decisión de conceder la libertad condicional al etarra Josu Uribetxebarria Bolinaga hace un año. Algunas se sienten engañadas por la política que está siguiente el Gobierno con los presos de ETA.

Según ha podido saber El Confidencial Digital, las víctimas se han mostrado molestas con el resultado final del reglamento, ya que no se recogen varias de sus peticiones. En el texto, al cual ha tenido acceso ECD, no se recogen algunas de sus demandas. Por ejemplo:

-- Se especifica que ninguna de las condecoraciones será pensionada.

-- Los ilesos en atentado no tendrán reconocimiento.

-- La indemnización a los heridos se ha reducido de manera considerable.

ECD ha recogido las peticiones de las víctimas que se han quedado fuera del reglamento. Son las siguientes:

-- Los nietos de los asesinados, heridos o discapacitados cuyos padres no pudieron acogerse a las ayudas educativas entre 1960 y 1990 no tienen derecho a recibirlas.

-- No tendrán ayudas educativas los hijos de los que resultaron ilesos en atentados.

-- No dispondrán de preferencia a la hora de reordenar su tiempo de trabajo y movilidad geográfica.

-- Tampoco se desarrolla la bonificación de contratación para los beneficiarios de las ayudas e indemnizaciones. Pedían que la víctima tuviera carácter preferente para su admisión en el mismo puesto de trabajo; que cónyuges, hijos y personas de análoga relación de afectividad tuviesen carácter preferente en las convocatorias de empleo de la función pública, con exención de tasas académicas y un porcentaje de plazas reservadas.

-- No se recoge que aquellos que fallezcan por causas naturales antes de recibir el reconocimiento del Estado que les correspondía, lo reciban a título póstumo.

-- No se incluyen condecoraciones con distintivo rojo (pensionadas) para miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que hayan sido víctimas de atentados terroristas.

-- No se incluyen las condecoraciones y honores de las comunidades autónomas y locales a las víctimas del terrorismo, como hacerles hijos predilectos de sus ciudades natales o darle su nombre a una calle.

Vea a continuación el documento íntegro [1 y 2] aprobado en el consejo de ministros.

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