Los trucos de las aerolíneas ‘low cost’ para cargar pluses a los viajeros

Muchas compañías aéreas ‘low cost’ ofrecen precios muy atractivos en sus anuncios. Pero al final, esas cantidades no son reales: las tasas y otros recargos o suplementos que aplican al hacer la reserva hacen que se dispare el viaje. Anuncian precios muy competitivos para sus billetes, pero luego empiezan los ‘extras’.

El 34% de los afectados por abusos o fraudes de las compañías aéreas que se dirigieron a alguna de las organizaciones de consumidores para solicitar asesoramiento o tramitar una reclamación tenían problemas con Ryanair (sin contar las planteadas durante el paro de los controladores el pasado puente de diciembre), seguida de Vueling (24%) e Iberia (19%).

La gran mayoría de compañías aéreas que operan en España comete irregularidades en la venta de billetes. De hecho, veinticuatro de las 37 aerolíneas analizadas recientemente por Facua (casi siete de cada diez) anuncian precios inferiores a los que finalmente cobran a los usuarios por los billetes.

Entre los principales abusos y fraudes que sufren los pasajeros destacan la negativa de las compañías a abonarles las compensaciones económicas de entre 125 y 600 euros y la asistencia mediante comida, bebida y alojamiento que fija la normativa europea cuando se producen cancelaciones o grandes retrasos.

Las aerolíneas no informan en muchos casos de este derecho de los usuarios, pese a que el Reglamento europeo que regula el sector les obliga a hacerlo, y rechazan el pago de indemnizaciones por los perjuicios sufridos como consecuencia de estas cancelaciones y retrasos.

También hay compañías que incluyen por defecto uno o más servicios que son o deben ser opcionales, una práctica prohibida por la normativa del sector aéreo. Fundamentalmente se trata de la elección del asiento, un seguro adicional o la comida, aunque hay incluso quien ‘cuela’ al usuario una donación a una entidad benéfica.

Muchos suplementos son inaceptables

En los últimos años, los suplementos no han dejado de aumentar. Lo que en principio estaba reducido a las tasas aeroportuarias ha ido creciendo. Y algunas de esas cargas son “inaceptables” para las organizaciones de consumidores. Estos son algunos ejemplos:

-- Los gastos relacionados con el medio de pago, sobre todo cuando no hay otro medio alternativo para realizar el pago sin gastos. Algunas compañías solo venden sus billetes a través de Internet y la única forma de pagar es mediante tarjeta de crédito.

-- Ryanair ha llegado a cobrar 40 euros a los pasajeros por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto. Sin embargo, la justicia ha declarado abusiva recientemente esta cláusula de los contratos.

 

-- Algunas aerolíneas ganan dinero a costa de las llamadas de los usuarios que intentan informarse de las anulaciones de billetes. Según denuncia la asociación Facua, su teléfono de atención al cliente es una línea de tarificación adicional cuyo coste es de 0,87 euros por minuto desde un teléfono fijo y hasta 1,22 euros desde el móvil. 

-- Otras compañías exigen a los clientes enviar las reclamaciones en inglés. La respuesta de la aerolínea es en este mismo idioma. Algunos usuarios explican que si te contestan, que no lo hacen siempre, lo hacen en inglés. Y lo hacen, en la mayoría de las ocasiones, para comunicar que no van a pagar nada.

-- La comisión o suplemento por reservar un asiento en el avión.

-- El recargo por combustible sin ningún tipo de justificación.

-- La facturación de la primera maleta, con tasas, que en algunos casos, superan los 15 euros.

-- Las compañías de bajo coste han aprendido a vivir a costa de subvenciones autonómicas, provinciales e incluso locales: Se presentan ante el Gobierno de turno como la solución para atraer nuevos turistas a su localidad si colocan una nueva línea de vuelo. A cambio, exigen una subvención.

Otras tasas sí son legales

De acuerdo con la legislación española y europea, sólo se pueden cobrar suplementos en los siguientes casos:

-- Cuando se trata de un servicio opcional, que el viajero elige libremente (por ejemplo, un seguro opcional o equipaje extra).

-- En el caso de recargo por combustible o por el establecimiento de alguna tasa o impuesto, sólo se pueden aplicar hasta 21 días antes de la fecha de salida cuando se trate de un viaje combinado, vendido por una agencia de viajes, y cuyo precio estaba previamente establecido en el contrato o en el folleto de viaje.

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