AHORA: La nueva ley de libertad sexual reduce pena por violación y crea nuevo delito por acoso ocasional

El anteproyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, que llega este martes al Consejo de Ministros, modifica el Código Penal e introduce como agravantes la agresión con violencia y de parentesco. 

La ley de libertad sexual modificará el Código Penal para introducir "un sistema de penas diferente" para los delitos sexuales, basado en el consentimiento, con penas de hasta 15 años para los casos más graves de violación y la introducción del delito de acoso ocasional sexista leve, conocido como "callejero".

El anteproyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, la ley del "solo sí es sí" que ha llegado este martes al Consejo de Ministros, reformará el Código Penal para poner en el centro de la agresión sexual el consentimiento y acabar con la distinción entre abuso y violación.

La definición de consentimiento es que se manifieste libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, la voluntad de la persona participar en el acto.

Fuentes de Igualdad han precisado que aspira a ser "un cambio de paradigma" en la consideración de los delitos contra la libertad sexual que amplíe el margen de penas del que disponen los jueces y aumente la proporcionalidad de las mismas.

Estas penas se referirán a los delitos que impliquen a víctimas de 16 años o más.

Delito de acoso ocasional o callejero

Entre las novedades más destacadas de la ley, más allá del consentimiento y de la desaparición de abuso, está la inclusión en el Código Penal del delito de "acoso ocasional", que considerará como un delito leve aquellas "expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas" que pongan a la víctima en una situación "objetivamente humillante, hostil o intimidatoria".

Se castigará así el conocido como acoso "callejero", situaciones que no tienen por qué darse en vía pública: pueden ocurrir en bares, fiestas privadas, conciertos, establecimientos...

El delito de acoso ocasional no reiterado conllevará penas de localización permanente, trabajos comunitarios o multas para los agresores.

El Ministerio de Igualdad ha explicado que hasta ahora solo estaban penadas estas situaciones en el ámbito de la violencia doméstica, esto es, entre familiares, pareja o expareja.

Cambios en las penas de las violaciones

También hay cambios en las penas de las violaciones: la penetración sin consentimiento se castigará con penas de 4 a 10 años (antes, de 4 a 12).

La violación con una agravante podrá ser penada con entre 7 y 12 años y si se le suman dos, con entre 9 y 15 años, han informado fuentes de Igualdad.

Con este marco, ha aclarado Igualdad, las penas a los condenados de la Manada por la violación a una joven en los Sanfermines, serían las mismas.

"Criminológicamente una violación no debe superar la pena máxima de homicidio (de 10 a 15 años) y del asesinato (de 15 a 25), han aclarado desde el ministerio.

La nueva ley, que también cambiará el Código Penal militar, modificará además la Ley de Extranjería para que las víctimas de violencia sexual no puedan ser deportadas mientras se resuelve su caso, al igual que ocurre con la violencia de género.

En la modificación del Código Penal relativa a los delitos sexuales se introducirá además la agravante de que la agresión sexual haya sido precedida o acompañada de violencia y grave daño y también se matizará la agravante de parentesco para dejar claro que se debe incrementar la pena en caso de que la víctima sea la esposa o expareja del agresor.

Subirán las penas por acoso sexual (de 3-7 meses a 6-12 meses), que implicaría "solicitar sexualmente en el ámbito laboral, docente o de desigualdad, provocando intimidación, hostilidad o humillación graves". Estas penas podrán ir acompañadas de inhabilitación profesional o para el cargo.

Las agresiones contra la libertad sexual de las personas sin su consentimiento expreso se castigarán con entre 1 y 4 años de cárcel.

Se castigará asimismo la solicitud sexual de funcionarios a personas bajo custodia en centros penitenciarios, de menores y en los centros de internamiento de extranjeros (CIE).

En cuanto a la instrucción y enjuiciamiento de estos delitos, la ley establece que se encargarán de ellos juzgados especializados y que el Poder Judicial tendrá un año para revisar las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y decidir así si se encargan de estos asuntos o se crean nuevos órganos con tal fin.

La especialización de jueces y fiscales es otro de los puntos de la ley, que además obligará a que los agresores condenados a menos de dos años de prisión que no tengan que entrar en la cárcel deban participar en programas formativos de igualdad y educación sexual y se le impondrá la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, igual que en la violencia de género.

El anteproyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, que por primera vez reconoce la violencia sexual como violencia machista, ha dado este martes su primer paso, pero tardará meses en llegar al Congreso y tendrá que enfrentar un "enorme debate", han reconocido desde Igualdad.

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