AHORA: La parada para el café podrá descontarse de la jornada

La Audiencia Nacional ha avalado la implantación del registro de la jornada de Galp Energía España, con el que las empresas podrán descontar de la jornada laboral las paradas que se realicen para tomar un café, fumar un cigarrillo o desayunar durante la jornada laboral.

Esta decisión se ha tomado después de que CCOO pretendiera anular el nuevo registro de jornada, a base de fichaje, en el que la empresa Galp Energía España exige a los empleados a fichar cada vez que hagan este tipo de paradas durante su jornada laboral. De esta manera, el tiempo de trabajo sería más cercano al real, descontándose de la jornada el tiempo que se dedica a estas paradas que son habituales.

En el mismo fallo, la Audiencia Nacional ha avalado otros dos asuntos, referentes a los viajes de trabajo y a la autorización previa de las horas extra. Estos tres cambios, según respalda la Audiencia, no suponen cambios importantes en la jornada de trabajo de los empleados, por lo que las empresas podrán implantarlas de forma unilateral en caso de no llegar a un acuerdo con los representantes legales de los trabajadores.

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