Multa a un periodista por publicar documentos con el DNI de dos funcionarios

La Agencia de Protección de Datos le sanciona por no borrar la firma digital de los trabajadores que suscribieron los expedientes

Firma digital. (Foto: Econocom Europa Press)
Firma digital. (Foto: Econocom Europa Press)
  1. Eran documentos públicos
  2. El DNI no era visible
  3. Utilizar medios para evitar que aparezca el NIF
  4. 180 euros
DNI y pasaporte. (Foto: CSIF / Europa Press)
DNI y pasaporte. (Foto: CSIF / Europa Press)

La Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a un periodista que publicó una serie de documentos del Ayuntamiento de Jódar (Jaén) en los que aparecían las firmas digitales de los funcionarios que los suscribieron. Tanto su DNI como sus nombres completos estaban al descubierto.

Eran documentos públicos

Tras recibir la reclamación del consistorio, Protección de Datos comprobó que el medio local Jódar Actualidad (https://jodaractualidad.com) el 21 de abril de 2023 una información que contenía la “Actualización Plan de Ajuste abril 2023. Memoria Justificativa”, un documento extraído de la sede electrónica del Ayuntamiento de Jódar.

El artículo contenía un enlace que dirigía al pdf del fichero en el que, una vez descargado y abierto con el programa Acrobat Reader, se percibía en el panel de firmas los nombres, apellidos y el NIF de los dos funcionarios firmantes.

El DNI no era visible

El periodista, contestando a Inspección de Datos, afirmó que el origen de los documentos era la propia sede del Ayuntamiento, la cual es “pública y accesible para cualquier ciudadano”.

Además, aseguró que “no constaba ningún DNI”, únicamente  los nombres y apellidos. Alegó que la publicación en el artículo de estos documentos con las firmas fue “un error no intencionado”.

“Dado que la fuente era fiable (propio Ayuntamiento), y dado que no se percibió, ni es visible (el número de DNI) en los sellos de firma de ambas señoras”, expone la resolución.

Por requerimiento de la AEPD, Jódar Actualidad suprimió los ficheros de su página.

Utilizar medios para evitar que aparezca el NIF

La AEPD ha considerado que aunque la fuente de información haya sido la sede electrónica del consistorio, no exime de responsabilidad al medio porque han difundido el dato personal de las personas que firmaron los documentos.

“Antes de publicar el documento en la web la parte reclamada tendría que haber quitado el Código Seguro de Verificación (CSV) y utilizar medios para que no se pudiera ver el NIF”, concluye.

 

180 euros

Protección de datos notificó al periodista una sanción de 300 euros. Al haber reconocido los hechos y su responsabilidad, además del pago voluntario, finalmente la multa ha quedado reducida en 180 euros.

El procedimiento sancionador ha quedado además cerrado.

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