La experiencia que tienen los candidatos a la Sala de lo Militar del Supremo: 1.500 sentencias frente a cero

El aspirante excluido que logró anular los nombramientos vuelve a postularse en el nuevo proceso que ha abierto el CGPJ

Carlos Melón, presidente del Tribunal Militar Central, y Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo.

El Consejo General del Poder Judicial ha iniciado el proceso para cubrir las dos plazas de magistrados de la Sala Quinta, de lo Militar del Tribunal Supremo, cuyos nombramientos fueron anulados por la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo del mismo tribunal.

Los jueces de lo Contencioso-Administrativo estimaron el recurso del presidente del Tribunal Militar Central, Carlos Melón, que fue uno de los cuatro candidatos a esas dos plazas en el Supremo, y que no fue elegido en su día por el CGPJ.

Las sentencias anularon el proceso al entender que el Consejo General del Poder Judicial infringió el procedimiento para cubrir dichas plazas al omitir el trámite de recabar tres informes preceptivos contemplados en la base quinta de la convocatoria.

Confidencial Digital ha podido saber que esos informes se han pedido, y que ya han sido remitidos al CGPJ por el Ministerio de Defensa, por la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central y por la propia Sala Quinta del Tribunal Supremo.

Los cuatro candidatos eran, en el proceso de selección que concluyó aen diciembre de 2019:

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-- Ricardo Cuesta del Castillo: asesor jurídico general de la Defensa desde 2017.

-- Emilio E. Fernández-Piñeyro y Hernández: director general en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa desde junio de 2018.

-- Fernando Marín Castán: jefe de la Fiscalía, precisamente, de la Sala Quinta, de lo Militar, del Tribunal Supremo desde 2014.

-- Carlos Melón Muñoz: presidente del Tribunal Militar Central desde octubre de 2018.

1.500, 200, 50 y 0 sentencias

Fuentes conocedoras del proceso aseguran que, por ejemplo, el informe del Ministerio de Defensa recientemente emitido avala la idoneidad de nombrar a quienes fueron elegidos: Ricardo Cuesta del Castillo (asesor jurídico del ministerio), frente a Carlos Melón, y Fernando Marín Castán frente a Emilio E. Fernández-Piñeyro y Hernández.

Sin embargo, el informe del Tribunal Militar Central (cuyo presidente, Carlos Melón, es candidato y fue quien recurrió los nombramientos) parece apuntar en una dirección distinta a la decisión que tomó hace un año y medio el CGPJ.

Este documento enviado al Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Militar Central hace un balance de las sentencias dictadas por los cuatro candidatos a magistrado de la Sala Quinta del Supremo, así como en cuántos procesos judiciales han sido ponentes.

Los datos son muy dispares. Uno de los candidatos ha dictado cero sentencias, y otro (uno de los que había sido nombrado), tiene en su currículum algo menos de 50 sentencias, unas tres al año.

Un tercer candidato suma más de 200 ponencias, y por último, del presidente del propio Tribunal Militar Central, el general consejero togado Carlos Melón, se indica que ha dictado unas 1.500 sentencias a lo largo de su carrera.

Con estos datos, algunos reflexionan si se puede considerar igual de idóneo para un puesto de magistrado de la Sala de lo Militar del Supremo “a quien ha dictado cero sentencias que al que ha dictado 1.500”.

El primer mérito

Fuentes del Cuerpo Jurídico Militar destacan que en los criterios de selección del proceso que convocó el CGPJ se estableció que los primeros méritos a valorar eran el “desempeño de actividades propias del Cuerpo Jurídico Militar”, seguidos en segundo lugar del “ejercicio de otras profesiones o actividades jurídicas”.

Dentro de las actividades propias del Cuerpo Jurídico Militar, en primer lugar se citaba el “desempeño de funciones en el ámbito de la jurisdicción militar”. Se definía como “el desempeño como Juez o Fiscal, y se ponderará el tiempo de servicio en órganos unipersonales y colegiados, o el desempeño ante los mismos, así como la excelencia alcanzada en el ejercicio de la función jurisdiccional”.

De ahí que en su día sorprendiera que no fuera elegido Carlos Melón, señalan que en este ámbito de “desempeño de funciones en el ámbito de la jurisdicción militar” tenía más méritos el actual presidente del Tribunal Militar Central que el asesor jurídico de la Defensa, Ricardo Cuesta del Castillo.

En el currículum publicado, Melón cuenta con experiencia como auditor presidente del Tribunal Militar Central, donde antes ya fue un año vocal togado. Antes fue presidente del Tribunal Militar Territorial Segundo y vocal togado en el mismo; juez del Juzgado Togado Militar Territorial nº 22; fiscal jurídico militar del Tribunal Militar Territorial Segundo; y fiscal jurídico militar de la Segunda Región Aérea.

Ricardo Cuesta del Castillo, por su parte, dejó su último destino como juez en 2013, cuando dejó de ser presidente del Tribunal Militar Territorial Quinto. Antes había sido en dos etapas juez togado militar territorial en Las Palmas de Gran Canaria, y juez de vigilancia penitenciaria del Establecimiento Penitenciario Militar de La Isleta.

Tiene mayor carrera como asesor jurídico: secretario de justicia del Mando y Zona Aérea de Canarias, y desde 2013 hasta la actualidad, asesor jurídico del Cuartel General del Ejército del Aire (2013-2017), asesor del subsecretario de Defensa (varios meses de 2017) y asesor jurídico general de la Defensa desde mayo de 2017 hasta que fue enviado al Supremo.

A estos datos se añaden ahora las cifras de sentencias dictadas, según el informe del Tribunal Militar Central.

Un mes de plazo

Otras fuentes judiciales aseguran a Confidencial Digital que el plazo de un mes, que fijó el Tribunal Supremo para volver a nombrar a los magistrados, empieza a contar desde la aclaración de la sentencia que emitió la Sala Tercera, a cuenta de una consulta sobre cómo afecta la reforma de la ley del Poder Judicial que limita la capacidad del CGPJ para hacer nombramientos cuando está, como ahora, “en funciones”.

De no ser así, de hecho, el plazo se agotaría en unos días, y el proceso no ha concluido.

Las fuentes consultadas aseguran que la intención firme del CGPJ es cumplir el plazo de un mes, pero a partir de la aclaración de la sentencia. Por otro lado, otras partes del proceso destacan que entre algunos magistrados se extendió el estupor al leer que el Supremo fijaba un plazo concreto al CGPJ para hacer cumplir la sentencia: les parece “un disparate” que se fijara un tiempo determinado.

Podría haber nuevos recursos

Muchos de los implicados señalan que, pese a los informes que se han pedido en esta ocasión, y pese a los datos de sentencias dictadas que revela el documento del Tribunal Militar Central, lo más probable es que el CGPJ vuelva a nombrar a los mismos candidatos como magistrados: a Ricardo Cuesta del Castillo y a Fernando Marín Castán.

Subrayan que, al fin y al cabo, son los mismos miembros del consejo los que los eligieron hace un año y medio y los que tendrán que decidir ahora, ya que el bloqueo político ha impedido renovar el órgano de gobierno de los jueces.

Lo que también prevén es que el proceso no termine en los nombramientos que tendrán que formalizarse en las próximas semanas. De nuevo esperan que haya recursos.

“Es muy probable que quien se quede fuera, recurra”, apuntan fuentes del Cuerpo Jurídico Militar, que añaden que seguramente un motivo de recurso será que, según la reforma de la ley del Consejo General del Poder Judicial aprobada en las Cortes en marzo, el consejo no puede hacer nombramientos en su actual situación, con el mandato agotado, pese a que el Supremo haya considerado que sí puede.

En todo caso, esperan que en esta ocasión el proceso se ajuste de forma más cuidadosa a todos los requisitos formales que establecían las bases, y los que resaltó el Tribunal Supremo en las sentencias que anular los nombramientos.

Sentencia firmada por magistrados ‘anulados’

Por último, algunos en el Cuerpo Jurídico Militar señalan una circunstancia. Las sentencias de la Sala Tercera del Supremo llevan fecha del 8 de abril. Sin embargo, los magistrados de la Sala Quinta cuyos nombramientos fueron anulados siguieron firmando sentencias: por ejemplo, su nombre aparece en una sentencia con fecha del 20 de abril.

En ámbitos del Cuerpo Jurídico Militar aseguran que la explicación dada es que a la Sala Quinta, y a los magistrados afectados, no les habían notificado formalmente las sentencias de la Sala Tercera que anuló los acuerdos del CGPJ que nombraron a Fernando Marín Castán y Ricardo Cuesta del Castillo.

Añaden que algún secretario judicial tardó en hacer esa notificación.

No fue hasta el 6 de mayo cuando la Comisión Permanente del CGPJ acordó los ceses de ambos magistrados y los designó como magistrados suplentes para continuar con la tramitación y resolución de asuntos.

Sin embargo, a algunos les ha sorprendido que la Sala Quinta dictara una sentencia el 20 de abril, y además se incluyeran las firmas de los dos magistrados afectados. Explican que las sentencias de la Sala Tercera eran firmes por su propia naturaleza, y por lo tanto desde que se dictaron, los nombramientos se anularon con carácter firme.

De ahí que consideren que esos dos magistrados no deberían formar parte de la Sala, y menos aún ejercer funciones jurisdiccionales, ya que al hacer, “le están dando un motivo de nulidad a la parte desfavorecida por el fallo de las sentencias que dicten en esta situación”.

Sólo admitían la posibilidad de que la deliberación y fallo de la sentencia de la Sala de lo Militar fuera anterior a la notificación de las sentencias sobre el nombramiento de los magistrados, y que en la firma de la sentencia se mantuvieran los nombres de los magistrados que en ese momento formaron la Sala: no sería lo más ortodoxo, pero no sería ni mucho menos tan grave.