La ofensiva del Gobierno contra las macrogranjas no se traduce en multas: sólo siete en cinco años por 2.000 euros

La Dirección General de la Industria Alimentaria sancionó a siete productores de porcino por no aportar información a las autoridades o en los contratos

Retrasos de más de un año (en) la concesión de permisos medioambientales a las macrogranjas.

“Lo que no es en ningún momento sostenible es la [ganadería] que llaman de las macrogranjas […] Es una carne de peor calidad, es un maltrato animal y es un impacto ecológico descomunal y desproporcional”.

El diario británico The Guardian publicó el pasado 26 de diciembre una entrevista con el ministro español de Consumo, Alberto Garzón, en la que el también coordinador general de Izquierda Unida habló de sus declaraciones sobre la reducción del consumo de carne, y sobre la ganadería extensiva en España.

Las declaraciones provocaron una enorme polémica. Buena parte del sector de la ganadería denunció que Garzón estaba poniendo en duda, y además en un mercado importador como es Reino Unido, la calidad de la carne de origen español.

A lo largo de semanas, la polémica de las macrogranjas centró el debate político. Garzón y Unidas Podemos se mantuvieron en la crítica a las grandes explotaciones ganaderas, mientras que el Partido Popular y Vox acusaron al Gobierno de Pedro Sánchez de poner en peligro a un sector económico clave en España.

Confidencial Digital ha podido consultar una resolución reciente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno acerca de una solicitud de información pública precisamente relacionada con las infracciones que cometen las industrias ganaderas.

Sanciones a granjas porcinas

La consulta es previa a la polémica originada con la entrevista de Alberto Garzón en The Guardian. Un particular registró, el 23 de julio de 2021, una pregunta dirigida al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El departamento que dirige Luis Planas tiene competencias tanto en regulación de la ganadería como de la alimentación, al margen del Ministerio de Consumo.

Este particular quería saber “la identidad, el motivo y el importe de las sanciones puestas en los últimos 5 años por parte de Ministerio de Agricultura a las granjas porcinas que existen en el Estado español. Asimismo, solicito que se incluyan los expedientes sancionadores de cada una de ellas”.

Semanas después, el 19 de agosto del año pasado, el Ministerio de Agricultura contestó a su solicitud. Le indicó que “desde la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A., se informa que en virtud de los antecedentes que obran en dicha Agencia en relación con los expedientes sancionadores instruidos en virtud de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que han terminado con sanción de la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los últimos 5 años, existen un total de siete operadores de la cadena alimentaria, productores de porcino, que han sido sancionados por la comisión de un total de siete infracciones”.

 

Es decir, que según la información facilitada por el departamento de Luis Planas, en los últimos cinco años Agricultura ha sancionado a siete empresas productoras de carne de cerdo, por infracciones de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Buena parte de las “macrogranjas” que se han instalado en España son explotaciones donde se crían miles de cerdos.

2.330 euros en sanciones

Agricultura aportó algunos otros datos sobre estas sanciones a empresas de carne de cerdo. En los siete casos, las empresas fueron sancionadas “por incumplir la obligación de suministrar la información requerida por la autoridad competente en el ejercicio de sus funciones (precepto 23.1.h de la Ley 12/2013, de 2 de agosto)”.

Cabe señalar que ese precepto es actualmente el 23. 1. d), y se considera una infracción leve.

A una de las empresas sancionadas, además, también se le expedientó por “no incluir los extremos que como mínimo deben contener los contratos alimentarios”, el 23. 1. a).

Los dos tipos de sanciones eran leves, que se traducen en multas de entre 250 y 3.000 euros. El Ministerio de Agricultura reveló que el importe total de la cuantía de las sanciones a esas siete empresas productoras de porcino “suma 2.330,00 euros”, y “en todos los casos, corresponden a sanciones impuestas en el periodo comprendido entre diciembre de 2017 y julio de 2018”.

En la respuesta, Agricultura puntualizó que “estas sanciones fueron impuestas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, que supuso modificación de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, en relación con la publicidad de las resoluciones sancionadoras, por lo que no es posible facilitar la identidad de los operadores sancionados, en virtud del apartado 9 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, por el que se establece el deber de guardar secreto respecto de la tramitación de expedientes sancionadores y de cuantas informaciones de naturaleza confidencial se haya tenido conocimiento”.

Esa negativa a revelar el nombre de las siete empresas cárnicas sancionadas provocó la reacción del solicitante, que presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Este consejo dio en parte la razón a la persona que reclamó. Tras analizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre transparencia, concluyó que la información solicitada, es decir, la identidad de las empresas, motivo de la sanción e importe “debe proporcionarse sin comprometer aquellos datos que sean confidenciales”.

Para ello, el Ministerio de Agricultura debía abrir un trámite de audiencia con las empresas afectadas por esta petición, para que presentaran sus alegaciones. “Y, si la Administración consideraba que algún dato está protegido por el secreto profesional o puede suponer un perjuicio para terceros, deberá justificarlo de forma expresa y detallada, explicando las razones válidas por las que dicha información tiene tal carácter”, concluye el Consejo de Transparencia.

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