¿Cómo solucionar un problema con mi herencia en Talavera de la Reina? Javier García Barroso te lo explica

¿Cómo solucionar un problema con mi herencia en Talavera de la Reina? Javier García Barroso te lo explica

En el complejo y emocional proceso de heredar, surgen una multitud de problemas que pueden afectar no solo a la distribución de los bienes, sino también a las relaciones entre los herederos. Para comprender mejor estos desafíos y cómo abordarlos, tuvimos el privilegio de entrevistar a un experimentado abogado especializado en derecho sucesorio. 

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Javier García Barroso es abogado en Talavera de la Reina en ejercicio desde 1993, inscrito en el Ilustre Colegio de Abogados de Talavera de la Reina con el nº 466.

El Despacho de Abogados en Talavera cuenta con una larga experiencia de más de veinticinco años dedicados al ejercicio de la abogacía. Ello supone que está en condiciones de prestar sus servicios en todas las ramas del ordenamiento jurídico.

  • ¿Cuáles son algunos de los problemas más comunes que surgen en el proceso de herencias según tu experiencia como abogado?

Fundamentalmente, cuando tenemos un cliente que debe afrontar una situación hereditaria se encuentra con tres problemas: la falta de conocimiento sobre lo que debe hacer y las dificultades que puede encontrar para llegar a un acuerdo con sus coherederos, legatarios y demás personas que pudieran tener derecho sobre los bienes de la herencia y, por otra parte, cómo entenderse con aquellas personas que tengan intereses contradictorios.

El tercero de los problemas puede surgir por los defectos que el testamento del fallecido, en caso de que lo haya, no cumpla con todos los requisitos de validez. En este Despacho hemos conseguido anular judicialmente testamentos por no estar revestidos de los requisitos que garantizaban dicha validez a fin de proteger la verdadera voluntad del causante.

  • ¿Cómo pueden estos problemas afectar a las personas involucradas?

Seriamente, teniendo en cuenta que en muchas ocasiones suele haber relaciones parentales entre ellos, lo que añade un plus de carga emocional que dificulta enormemente el entendimiento. Con frecuencia, las discusiones se centran más en problemas pretéritos que nada tienen qué ver con el reparto de la herencia y sí con sucesos de índole personal que no han sido superados.

  • ¿Qué tipos de disputas suelen surgir entre los herederos en el contexto de una herencia?

Acabo de referirme en la anterior pregunta a ciertos problemas emocionales, pero si nos centramos en los que pudieran considerarse específicamente de la herencia, los problemas vienen determinados por tener un punto de encuentro entre todos los interesados que superen los recelos en torno a los distintos valores de los elementos patrimoniales que se encuentren en el haber hereditario. Puede ocurrir que varios de los herederos deseen los mismos bienes, o que sea difícil, por la configuración del caudal a repartir, adjudicar bienes a todos que resulten satisfactorios. Siempre habrá interesados que consideren que no se les otorga lo que vale su porción en la herencia.

  • ¿Qué consejos darías a las personas que enfrentan conflictos con otros herederos?

Como especialista en materia sucesoria, les diríamos que deben adoptar una doble actitud práctica y serena, porque posiblemente no se deben mantener unas perspectivas que a priori puedan hacer surgir la polémica. Resulta más útil mantener una escucha activa con el resto de los coherederos y tratar de negociar.

 
  • ¿Cómo se manejan las deudas pendientes del fallecido en el proceso de sucesión?

Hay que considerar que no se puede hacer una aceptación parcial de la herencia, sino en su totalidad. Cuando esta se acepta pura y simplemente, hay que tener presente que se acepta también el pasivo. Por lo tanto, las deudas del causante deben asumirse como propias y se confunden con el patrimonio personal del heredero, a menos que se utilicen otras fórmulas como la aceptación de la herencia a beneficio de inventario, en cuyo caso, de las deudas del fallecido solo responderán los bienes hereditarios.

  • ¿Qué sucede si hay reclamaciones de terceros contra la herencia?

Una vez aceptada la herencia deberán ser atendidas como propias. Hemos dicho anteriormente que, al heredar, nuestro patrimonio se confunde con el de la persona fallecida. También es importante tener en cuenta que el heredero adquiere los derechos que el causante tenía frente a otras personas, lo que le faculta a efectuar las reclamaciones que no hizo la persona fallecida, incluso judicialmente.

  • ¿Cuál es el impacto de los impuestos sobre sucesiones y donaciones en la distribución de los bienes heredados?

Donación y sucesión son instituciones parecidas, pero diferentes. La donación implica un regalo en vida y se somete a un impuesto específico, en tanto que la sucesión presupone la muerte del causante. De hecho, la sucesión se abre desde el momento del fallecimiento y desde ese punto hay que partir para atender las distintas tareas que implica el hecho sucesorio, entre otras, el pago del impuesto de sucesiones. La legislación otorga un plazo de seis meses desde que muere el causante, aunque en determinados casos, dicho plazo es prorrogable. Si no se abona el impuesto en el plazo señalado, los herederos tendrán que abonar sucesivos recargos progresivos. En cuanto a la cuantía del impuesto, dependerá de la Comunidad Autónoma en la que se haya gestionado la herencia, existiendo grandes variaciones territoriales.

También se deberá tener en cuenta, a efectos del IRPF, que los herederos podrán experimentar un incremento patrimonial que deberán manifestar en renta.

  • ¿Qué estrategias legales se pueden utilizar para minimizar la carga fiscal en una herencia?

A tal efecto, es importante consultar la normativa específica de la comunidad autónoma donde la herencia se ha gestionado, puesto que podemos encontrar varias bonificaciones y exenciones fiscales de mucha importancia que disminuyen notablemente la carga fiscal. Dependerá de circunstancias tales como heredar la vivienda habitual, por ejemplo, o el grado de proximidad del parentesco, lo que podrá determinar la existencia de bandas de exención de pago muy elevadas para parientes en línea recta del difunto.

  • ¿Qué recursos legales están disponibles para resolver disputas relacionadas con herencias?

Fundamentalmente son de dos tipos: pacíficos o contenciosos, aunque en ambos casos es necesario matizar, ya que en los primeros no siempre se consigue el acuerdo y puede ocurrir que, tras dedicar varias semanas o meses para intentar un acuerdo, las partes tengan que acudir al juzgado para dirimir sus diferencias. En cuanto a los segundos, hay que decir que no siempre que se comienza un proceso judicial de partición hereditaria ha de llevarse hasta el final, pues la propia ley arbitra la posibilidad, a lo largo del procedimiento, para que las partes procesales alcancen un acuerdo que finalizará con una solución consensuada.

  • ¿Cuándo es apropiado recurrir a la mediación o al litigio para resolver conflictos sucesorios?

Yo diría que siempre es importante acudir, al menos, al consejo del abogado.  Merece la pena tantear el interés de todos los herederos y escuchar atentamente lo que puedan aportar, a veces nos podemos llevar sorpresas agradables al observar que sus pretensiones no se hallan tan lejos de las nuestras. En este punto nuestro papel es muy importante para saber reconducir las distintas posturas hasta ser capaces de confluir en puntos de concordancia que eviten la confrontación judicial.

En cuanto al litigio judicial, como se ha dicho, todavía será posible encontrar un acuerdo que evitará los cuantiosos gastos que conllevan la intervención de peritos y de un contador-partidor que, aun resultando figuras necesarias en muchos casos, no dejan de encarecer notoriamente los gastos del proceso.

En nuestro Despacho llevamos treinta años solventando asuntos  hereditarios y poniendo la experiencia acumulada al servicio de nuestros clientes.

  • ¿Cuál es la importancia de la planificación patrimonial en la prevención de problemas sucesorios?

Es muy importante acudir al abogado antes de ir a la notaría y hacer testamento. Es el instrumento que evita numerosas contiendas entre los herederos. Desde nuestro Despacho siempre recomendamos que los testamentos sean muy precisos y equilibrados de forma que resulten inatacables, evitando conflictos entre los llamados a la herencia e, incluso, asegurando los derechos del cónyuge. Si falta el testamento, los herederos deberán realizar lo que se denomina acta de declaración de herederos, pero obligará a estos a distribuir la herencia sin conocer la voluntad del causante, con la problemática a que nos hemos venido refiriendo anteriormente.

  • ¿Qué consejos darías a las personas que desean asegurarse de que sus deseos sean respetados después de su fallecimiento?

Aparte de hacer testamento, hacer uso de las condiciones o cláusulas diseñadas para evitar los conflictos hereditarios, de modo que el heredero que incumpla o perturbe el reparto tal como ha sido diseñado por el causante, sufra una notoria disminución en su porción hereditaria. En este punto, el consejo del abogado especialista con la colaboración de la notaría será imprescindible para asegurar la paz sucesoria.

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