Una empleada de Mercadona consigue la readmisión tras haber sido despedida por una reducción de jornada

Tenía limitación de horario para cuidar a su hijo, se lo modificaron sin avisar, no lo cumplió y la empresa prescindió de ella

Mercadona.
Mercadona.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón a una madre, empleada de Mercadona, que fue despedida por no asistir a su puesto de trabajo a la hora indicada después de que modificasen su horario sin avisar con 15 días.

La empleada, que disfrutaba de reducción de jornada por ser madre, ha ganado la batalla en los tribunales contra el supermercado tras ser despedida por incumplir su horario laboral. La empresa modificó su turno sin justificación y sin avisarle con quince días de antelación, y el TSJ de Canarias ha ordenado la readmisión de forma inmediata.

Cambio de horario sin avisar

Según la sentencia consultada por Confidencial Digital, la empleada ejercía como gerente desde el año 2007 en un centro situado en Las Palmas de Gran Canaria. Diez años después fue madre, y solicitó una reducción de jornada para poder cuidar a su hijo, hecho amparado en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.

El supermercado aceptó el cambio. El nuevo horario de la empleada pasó a ser de 6:00 a 10:30 horas de lunes a viernes, y los sábados de 6:00 a 10:00 horas.

Sin embargo, el 26 de agosto de 2019 la empresa le comunicó, a través de una carta, que a partir del día siguiente su horario iba a sufrir una modificación: sería de 8:30 a 13:00 horas de lunes a viernes, y los sábados de 8:00 a 12:30 horas.

No podía conciliar la vida familiar

La gerente firmó la misiva como “no conforme”, y el 28 de agosto acudió a trabajar en su horario de siempre, es decir, de 6:00 a 10:30 horas, por lo que Mercadona le sancionó por “falta grave” al no cumplir con el nuevo horario.

Ese mismo día, la trabajadora presentó un escrito de alegación manifestando que la modificación del horario es contraria a lo estipulado en el artículo 37 del Estatuto del Trabajador y del artículo 22 del Convenio de Mercadona.

Señaló que la empresa le había notificado el cambio con un solo día de antelación, por lo que no podía conciliar su vida laboral con la personal.

“Falta muy grave”

El 4 de septiembre, la empresa volvió a amonestar a la trabajadora con 20 días de suspensión de empleo y sueldo, por considerar que había cometido una falta “muy grave” al no cumplir con el horario durante siete días.

 

El 1 de octubre, Mercadona decidió despedirle, y ella presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En un primer momento, el Juzgado de lo Social Nº5 de Las Palmas de Gran Canaria desestimó la demanda, en base a que la empresa varió el horario de la trabajadora y ésta no impugnó tal decisión.

Readmisión inmediata

Al no estar conforme con el fallo, la empleada presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ahora le ha dado la razón.

La jueza manifiesta que la empresa no ha seguido el procedimiento legal, basándose en varios argumentos: no se le ha notificado el cambio con 15 días de antelación, no se le ha permitido ejercer su derecho a extinguir el contrato de trabajo y a percibir una indemnización, ni tampoco se justifica en la carta las razones del cambio.

Por ello, obliga a Mercadona a que readmita de forma inmediata a la empleada, en las mismas condiciones que tenía antes del despido. Además, tendrá que abonarle los salarios que ha dejado de recibir desde la fecha del despido hasta que se le readmita, a razón de 59,06 euros por día.

Otros casos

En Galicia, una madre con dos hijos menores de 12 años solicitó un cambio de centro de trabajo para poder conciliar su vida laboral con la familiar, pero Mercadona le denegó el traslado porque no había vacantes.

Sin embargo, el TSJ de Galicia aseguró que había dos plazas en el supermercado al que se quería desplazar la empleada. Por ello, el tribunal reconoció el derecho de traslado y, además, impuso a Mercadona una indemnización de 6.000 euros por los daños morales causados.

Por otro lado, el Juzgado de lo Social nº7 de A Coruña también dio la razón a otra empleada que solicitó a la cadena una modificación de horarios en su reducción de jornada para conciliar la vida laboral y familiar.

La trabajadora pidió formalmente una modificación de media hora en el turno de tarde de lunes a viernes. La empresa de lo denegó en un primer momento y aunque se lo concedió posteriormente, el tribunal obligó a la cadena a indemnizarle por daños morales.

15.000 en reducción de jornada

Fuentes de Mercadona consultadas por Confidencial Digital han precisado que la igualdad y el respeto por la diversidad son valores transversales para la empresa Mercadona, y, como tales, se integran en su modelo de gestión, el Modelo de Calidad Total. La plantilla, formada por más de 93.000 trabajadores, es el principal eje en el que giran todas sus políticas.

Añaden que aplica de forma transversal el principio de equidad, y que cuenta con un Plan de igualdad desde 2009 que despliega diversas acciones con perspectiva de género, favoreciendo la conciliación de la vida familiar, laboral y personal de toda su plantilla. Actualmente, más de 15.000 trabajadores/as disfrutan de una reducción de jornada.

Destacan que Mercadona ha sido pionera en implantar en el sector el sistema de trabajo 5+2, consistente en librar 2 días a la semana con 8 fines de semana largos de 3 días.

Respecto al caso de la sentencia del TSJ Canarias, están valorando si recurrirla.

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