¿Qué requisitos se deben cumplir para recibir la ayuda de Hacienda de 200 euros?

Ayuda de 200€
Ayuda de 200€
  1. Para trabajadores asalariados
  2. Para trabajadores autónomos
  3. Para personas desempleadas
  4. ¿Quién no puede recibir la ayuda?

 

Las ayudas son de gran importancia para aquellos individuos o familias que las reciben, especialmente cuando se trata de personas o familias en una situación económica vulnerable que necesitan el apoyo financiero para cubrir sus gastos básicos mensuales, especialmente cuando carecen de un empleo que les proporcione un ingreso suficiente para hacerlo.

El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará considerando los importes previstos en el párrafo anterior de este artículo de manera conjunta con su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho de la respectiva Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma, con aquellas personas que pudiesen dar derecho a aplicar el mínimo por descendientes regulado en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, así como con los ascendientes hasta segundo grado por línea directa que convivan en el mismo domicilio. Para la determinación de estas circunstancias se atenderá a la situación existente a 31 de diciembre de 2022

Los requisitos que se deben cumplir para recibir la ayuda de Hacienda de 200 euros son los siguientes:

  • Ser persona física residente en España.
  • Tener un domicilio fiscal en España.
  • Tener un nivel de ingresos inferior a 27.000 euros anuales en 2022.
  • Tener un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.

Además, se deben cumplir los siguientes requisitos específicos:

  • Para trabajadores asalariados

    • Tener un contrato laboral vigente a 31 de diciembre de 2022.
    • Haber percibido rendimientos del trabajo por cuenta ajena superiores a 1.225,96 euros anuales en 2022.
  • Para trabajadores autónomos

    • Estar dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad a 31 de diciembre de 2022.
    • Haber obtenido rendimientos de actividad económica superiores a 1.225,96 euros anuales en 2022.
  • Para personas desempleadas

    • Ser beneficiario de la prestación o subsidio por desempleo a 31 de diciembre de 2022.
    • Haber percibido rendimientos de trabajo por cuenta propia o ajena superiores a 1.225,96 euros anuales en 2022.

El plazo para presentar la solicitud de la ayuda finaliza el 31 de marzo de 2023. La solicitud se presenta a través del formulario electrónico disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

La ayuda se abonará en un único pago mediante transferencia bancaria.

¿Quién no puede recibir la ayuda?

No podrán recibir la ayuda las personas que a fecha de 31 de diciembre de 2022:

  • Eran perceptoras del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Eran perceptoras de una pensión de alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
  • Eran beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC).
  • Eran beneficiarias de la Prestación por hijo a cargo.

En caso de dudas, se puede consultar la página web de la Agencia Tributaria.

 

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