ÚLTIMA HORA: Los niños de 14 años no podrán salir a pasear

En el BOE publicado hoy aparece: "las personas menores de 14 años"

Pedro Sánchez
Pedro Sánchez (20/04/20)

Niños y niñas de 14 años no podrán salir a pasear con adultos.

Tras una semana de vaivenes contradictorios respecto a cómo sería y a quiénes afectaría el desconfinamiento durante una hora al día a partir de mañana, la orden que permite desplazamientos a los niños publicada esta mañana en el BOE deja muy claro que será de 13 años de edad (incluidos) para abajo: a partir del domingo, cualquier menor que haya cumplido ya los 14 años deberá seguir en casa y sólo podrá salir para realizar recados esenciales.

Así, los adolescentes de 14 años no podrán salir a pasear acompañados del adulto, aunque, si tienen permiso paterno o materno, sí podrán efectuar salidas por motivos esenciales, como hacer compras de primera necesidad.

El BOE dice "Se habilita a los niños y las niñas, y a un adulto responsable, a circular por las vías o espacios de uso público", señala el texto. Y eso significa: menores de 14 años, en un máximo de un grupo de tres acompañado por un solo adulto, en la calle o zona común, una vez al día durante una hora como máximo entre las 9.00 horas y las 21.00 horas y nunca más lejos de un kilómetro alrededor de su casa.

La redacción del BOE considera "adulto responsable" a toda persona mayor de edad que conviva con el menor o que "se trate de un empleado de hogar a cargo del menor". Eso incluye a los cuidadores -cuidadoras en su absoluta mayoría- habituales de los niños o incluso los que han sido contratados para acompañarlos durante el estado de alarma si sus padres tenían que salir a trabajar.

La orden parece abrir la puerta a cualquier otro adulto conviviente con los menores siempre que tenga autorización. "Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos", reza el BOE, lo que podría entenderse como una posibilidad de que otros familiares o convivientes distintos de los padres puedan acompañar a los menores durante esa hora de paseo siempre que aporten un permiso explícito de los progenitores o tutores.

 

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