Por el riesgo de que no llegue a todos los domicilios

Los trabajadores de Correos se plantan: exigen que acortar la campaña no afecte al voto por correo

Han elevado una propuesta al Gobierno para que los partidos presenten las listas antes de que se convoquen las elecciones

Voto por correo.
Voto por correo.

Tanto los ciudadanos que residen en España, y no pueden acudir al colegio electoral, como quienes lo hacen en el extranjero, cuentan con unos plazos estrictos para votar. Los trabajadores de Correos se han movilizado ante una eventual reducción de los días para votar por correo, en caso de terceras elecciones, si se aprueba acortar la campaña.


Hasta ahora, los ciudadanos con derecho a voto en las elecciones pueden solicitar ejercer el voto por correo, una vez que la convocatoria de los comicios se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según ha podido saber El Confidencial Digital por fuentes internas, los trabajadores de Correos han reclamado al Gobierno que, en todo caso, hay que garantizar el voto por correo en las mismas condiciones que actualmente, en caso de una reforma de la Ley Electoral ante unas terceras elecciones.

Advierten de que hasta que no se proclaman las candidaturas, los electores que optan por el voto por correo o los que residen en el exterior no pueden emitir su sufragio. Las listas se presentan hasta casi 15 y 20 días después del decreto de convocatoria.

Por eso, recuerdan que ya ahora el envío de la documentación por parte de la Oficina del Censo Electoral y la remisión del voto se solapa siempre con la campaña. Así las cosas, exigen que si se acorta la campaña se respeten los plazos actuales para el voto por correo. 

Adelantar la proclamación de candidaturas

Y es que lo que más asusta a los empleados de Correos es que las solicitudes se disparen aún más de lo que ya lo hicieron el 26-J, al celebrarse previsiblemente en fechas próximas a la Navidad. Hay que recordar que en las segundas elecciones, se duplicaron las peticiones admitidas respecto al 20-D: situándose en 1.452.988 frente a 783.415.

Ante este escenario, según las fuentes consultadas, una de las propuestas que ya se ha elevado al Gobierno por parte de trabajadores de la empresa postal es que, dado que la Constitución exige que el rey despache con los líderes políticos y eleve el nombre del candidato a la presidencia del Gobierno antes de la disolución de las Cámaras, los partidos pueden ir preparándose en esos días para los comicios y programar la aprobación de sus listas antes de que se firme y expida el decreto de convocatoria.

“Dado que el rey tendrá que hacer una ronda de consultas de trámite, si hay elecciones se sabrá casi cinco o seis días antes del 30 de octubre, fecha de disolución de las Cortes”, defienden.

Consideran que así podrían ganarse, prácticamente, los mismos días que van a verse suprimidos en la última semana de campaña ante la posibilidad de acortar a la mitad ese periodo. El envío de toda la correspondencia electoral también podría adelantarse. 

Ahora hay 45 días para solicitar el voto...

Para ejercer el derecho a sufragio mediante esta vía, los electores deben acudir a cualquier oficina de Correos y solicitar el impreso para votar, cumplimentarlo y entregarlo personalmente acreditando su identificación ante el empleado correspondiente con la presentación de su DNI, pasaporte o carné de conducir. Un plazo para el que los ciudadanos, en las últimas elecciones del 26-J, tuvieron 45 días.

 

Los servicios de Correos remiten después la solicitud a la Oficina del Censo Electoral, que hace la anotación correspondiente en las listas del censo.

La Oficina del Censo Electoral dispuso en junio de 14 días para enviar por correo certificado al domicilio indicado por el elector las papeletas y sobres de votación, el certificado de inscripción en el censo, un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le correspondería votar y una hoja explicativa.

… y 17 para poder remitirlo por correo

El elector deberá seleccionar su opción de voto e introducirlo junto al documento del censo en el sobre dirigido a la mesa electoral que deberá enviar por correo certificado. Este envío es gratuito, ya que es el Ministerio del Interior, con cargo al presupuesto electoral, el que se hace cargo de compensar al operador postal por estos envíos.

No es necesario que el elector acuda personalmente a la Oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que puede hacerlo otra persona en su nombre, para lo que se venía contando hasta ahora con unos 17 días. La LOREG prevé que el voto se pueda emitir por correo postal hasta el miércoles anterior a la jornada electoral.


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