El abogado Manuel Hernández desvela el error más común al redactar un testamento en casa
La idea de escribir un testamento en casa parece sencilla y rápida. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que este tipo de documento solo tendrá validez si se cumple un requisito esencial previsto en la ley.
Así lo advierte el abogado Manuel Hernández, especialista en herencias y sucesiones, quien recuerda que una simple omisión puede dejar sin efecto la última voluntad del testador y complicar gravemente el futuro de los herederos.
Un testamento escrito en casa no siempre es válido
El abogado Manuel Hernández, del bufete Vilches Abogados, explica que cualquier persona puede redactar de su puño y letra un testamento, guardarlo en un cajón y pensar que ya ha asegurado el reparto de sus bienes. Pero en realidad no es así. “Solamente será válido si lo advero”, señala el especialista. Es decir, solo tendrá efecto legal cuando se verifique su autenticidad mediante un procedimiento regulado en el Código Civil.
Este tipo de documento se conoce como testamento ológrafo. Según la normativa española, debe estar íntegramente escrito a mano, fechado y firmado por el testador. Sin embargo, no basta con cumplir esas condiciones: tras el fallecimiento, el heredero que lo custodie dispone de nueve días para presentarlo ante notario y solicitar su adveración. En ese proceso, un perito calígrafo comparará la letra y la firma con documentos indubitados, como el DNI.
El proceso de adveración
El procedimiento de validación busca confirmar que el documento realmente fue escrito por el testador. Para ello se confrontan dos elementos: la firma indubitada, que se considera incuestionable, y la dubitada, correspondiente al testamento manuscrito. Si la pericia confirma la autoría, el notario lo eleva a escritura pública y adquiere plena eficacia jurídica.
Hernández subraya un detalle clave: si el heredero no presenta el documento dentro del plazo, el testamento ológrafo pierde su validez. Por eso, el testador debería informar previamente a alguien de confianza de que ha redactado uno y dónde se encuentra guardado.
Cláusulas de protección
Además de la forma en que se redacta, existen mecanismos jurídicos para proteger la voluntad del testador. Uno de los más frecuentes es la llamada cautela Socini, por la que un heredero que impugne el testamento puede ver reducida su parte a la legítima estricta, es decir, el mínimo legal reconocido. De esta manera se desincentivan disputas familiares y se preserva la voluntad del difunto.
Otros tipos de testamentos especiales
El marco legal contempla además testamentos excepcionales, como el marítimo o el realizado en “causa de muerte”, aplicables en situaciones de urgencia. Sin embargo, los notarios insisten en que la fórmula más segura y habitual sigue siendo el testamento abierto ante notario, con todas las garantías jurídicas.
El papel del contador partidor
En muchos casos, el testador puede designar a una persona de confianza —un familiar, abogado o incluso un notario— como contador partidor. Su función es repartir los bienes conforme a lo dispuesto en el testamento, evitando así que los herederos tengan que recurrir a un proceso judicial. Esta figura agiliza los trámites y reduce el riesgo de conflictos.
Los riesgos de no hacer testamento
El experto advierte que no otorgar testamento complica notablemente el proceso hereditario. En tal caso, los familiares deben iniciar una declaración de herederos abintestato, un trámite más largo y costoso. Según datos del Consejo General del Notariado, más de la mitad de los españoles fallecen sin testamento, lo que multiplica los conflictos sucesorios.
Consecuencias económicas
La ausencia de testamento no solo implica gastos notariales y judiciales más elevados, sino que también puede retrasar la disposición de los bienes, bloquear cuentas bancarias y complicar el acceso de los herederos a propiedades o seguros.
El mensaje de los especialistas
El letrado insiste en que “el hecho de no hacer testamento complica mucho a los herederos el posterior trámite de la herencia”. Su recomendación es clara: acudir al notario y dejar constancia oficial de la voluntad sucesoria. Aunque el testamento ológrafo es legal, requiere trámites adicionales que pueden poner en riesgo la última voluntad si no se cumplen en plazo.
En definitiva, el mensaje de Manuel Hernández es inequívoco: lo que parece un simple documento guardado en un cajón puede ser papel mojado sin la adveración notarial. Un recordatorio crucial para quienes desean asegurar que sus bienes lleguen a sus herederos de la forma que realmente desean.