Los beneficiarios del ‘cheque alimentación’ y del ‘bono cultural’ no tendrán que pagar a Hacienda si han percibido menos de 1.000 euros en ayudas

Quienes superen esa cifra, como perceptores de una subvención de la administración, deben presentar la declaración de la Renta y tributar como “ganancia patrimonial”

Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria.
Una empleada trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria.
  1. Haber cobrado menos de 1.000 euros
  2. Denuncias por falta de publicidad
  3. Viene contemplado en la normativa
Hacienda excluye de pagar impuestos a los beneficiarios del ‘cheque alimentación’ y del ‘bono cultural’ que hayan cobrado menos de 1.000 euros en ayudas.

Hacienda ha decidido excluir del pago de impuestos a una parte de los beneficiarios de las ayudas estrella que ha aprobado el Gobierno en el último año: a quienes en total hayan cobrado menos de 1.000 euros en prestaciones del Estado.

Hay que recordar que la declaración de la Renta cuenta esta campaña con nuevas casillas en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales, e incorpora el Bono Cultural Joven de 400 euros, las ayudas públicas al alquiler (Bono Alquiler Joven) y la prestación de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.

Haber cobrado menos de 1.000 euros

Esas cantidades -que no están exentas de tributación- no obligan por sí mismas a presentar la declaración de la Renta.

Obligan a ello si su importe individual o conjunto, o el importe total, junto con otras subvenciones o ayudas públicas no exentas, con los rendimientos del capital mobiliario sin retención (Letras del Tesoro) o con las imputaciones de rentas inmobiliarias (el 1,1% o el 2% del valor catastral de inmuebles diferentes a la vivienda habitual, viviendas arrendadas o afectas a actividades económicas, entre otros inmuebles) superan la cuantía de 1.000 euros anuales.

Según ha podido confirmar Confidencial Digital por fuentes de la Agencia Tributaria, Hacienda va a considerar que los que superan esa cifra (1.000 euros), como beneficiarios de una subvención de la administración, deben declarar ese dinero en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como “ganancia patrimonial”.

Con este movimiento, la Agencia Tributaria persigue recuperar una parte importante de las subvenciones entregadas.

Mientras otras aportaciones del Estado, como el ‘cheque-bebé’, las ayudas para el transporte o los seguros médicos, están exentas de tributación en el IRPF, las cantidades recibidas por la ayuda de 200 euros y el ‘bono cultural’ sí deben ser declaradas en la Renta, salvo que se haya percibido menos de 1.000 euros en ayudas.

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero (a la izquierda), y la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero (a la izquierda), y la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

Denuncias por falta de publicidad

Algunos afectados por esta obligación relatan a ECD que, durante este tiempo, Hacienda no les ha remitido ninguna carta informándoles de esa circunstancia.

Se da la circunstancia, además, de que en algunos de los borradores de la declaración de la Renta, que la Agencia Tributaria envía para ser confirmado por los contribuyentes, no figuran estas subvenciones en ninguna de las casillas. Hacienda debería recoger precisamente en ese documento todos los datos económicos que dispone de los contribuyentes.

 

Expertos fiscales explican a ECD que resulta llamativo que no se incluya ninguna mención a esa ayuda en algunos borradores, cuando precisamente el beneficiario recibe el dinero de la propia administración.

Viene contemplado en la normativa

En el Ministerio de Hacienda explican que, salvo que la Ley lo indique expresamente, todas las subvenciones recibidas por personas, realicen o no actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales. Esto significa que no están exentas en el Impuesto sobre la Renta.

Recalcan que la normativa que desarrolla la concesión de estas ayudas contemplaba desde el principio, cuando fue publicada en el BOE, la obligatoriedad de tributar por ese dinero.

Hacienda excluye de pagar impuestos a los beneficiarios del ‘cheque alimentación’ y del ‘bono cultural’ que hayan cobrado menos de 1.000 euros en ayudas.

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