Renta mínima vital: sí, pero...

Estos días se está hablando mucho sobre la renta mínima vital que quiere poner en marcha el Gobierno de España con motivo de la crisis económica generada por la pandemia.

No quiero explicar lo que significa esta renta mínima vital porque creo que todo el mundo sabe más o menos qué es y cómo funciona.

Como economista, quisiera posicionarme ideológicamente acerca de esta renta mínima vital y mi opinión al respecto.

Pese a que puede parecer una medida claramente comunista hay muchos economistas liberales que la defienden. Pero la defienden con una serie de condiciones.

El objetivo de una renta mínima, a nivel macroeconómico, es reactivar el consumo, que como venimos viendo, se ha visto muy deteriorado a resultas del confinamiento y el cierre de negocios.

El objetivo de una renta mínima, a nivel político, desde la perspectiva de este gobierno, es garantizarse una serie de votos. Esto último puede parecer exagerado, pero la realidad es que el Vicepresidente Social, a la sazón, Pablo Iglesias, será el encargado de distribuir y controlar esta renta.

Desde mi punto de vista, dadas las circunstancias actuales, me parece una medida acertada establecer esta renta mínima garantizada por un periodo transitorio que podría ser hasta finales de este ejercicio.

Es muy importante señalar que, para que esta medida tenga efecto real en la economía, tienen que cumplirse dos condiciones particulares.

En primer lugar, ligar la concesión de la renta básica a un criterio ecuánime y que interfiera lo menos posible en otros aspectos de la economía. Un criterio ecuánime para concederla sería referenciarla al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este indicador se calcula teniendo en cuenta los ingresos que una unidad familiar tiene. Así, se suman las casillas de la base imponible general y la base imponible del ahorro de todos los miembros de la unidad familiar y se divide entre el número de miembros de dicha unidad familiar. El importe resultante nos indicará la renta per cápita anual de cada miembro de la familia.

 

Referenciarlo al IPREM tiene una serie de ventajas. En primer lugar es un indicador fácil de calcular y conocido por la mayoría. En segundo lugar, equilibra los ingresos per cápita, ya que tiene en cuenta el número de personas que dependen de las rentas obtenidas por el conjunto de la unidad familiar, lo que homogeneiza los niveles de riqueza generados en un período entre distintas personas. En efecto, no es la misma riqueza obtenida por una unidad familiar con unas rentas de 100.000 euros anuales si esta formada por 5 miembros o por 10 miembros.

Si se empleara como criterio para la concesión de la renta mínima garantizada otro indicador, como parece que se va a utilizar, que es la situación de desempleo de una persona, se produciría una situación de desequilibrio entre las distintas personas, ya que no es lo mismo que una unidad familiar de 5 personas se quede sin ingresos por la falta de empleo que una unidad familiar de 10 miembros.

En este último caso, además, se produciría una alteración en el equilibrio del mercado de trabajo, ya que, en los puestos de trabajo que requieren menor cualificación, con unos sueldos más bajos, se vería desincentivada la contratación para esos niveles salariales. Esto, por ende, aumentaría la inserción de personas en la economía sumergida porque, para evitar la pérdida de la renta mínima, los empleados estarían dispuestos a trabajar sin contrato y, de esta manera, aumentar sus ingresos.

Por otra parte, ligar la concesión de esta renta mínima al IPREM no afecta al equilibrio en el mercado de trabajo, ya que tener empleo, ya sea por cuenta ajena o como autónomo no limita su concesión. Además, beneficiaría a los colectivos más vulnerables por cuanto las rentas más bajas tendrían más posibilidades de tener acceso a la renta básica.

En segundo lugar, la renta mínima tiene que tener un carácter transitorio, ya que lo que se busca es reactivar el consumo en un momento determinado en que las circunstancias han llevado a una ralentización económica. Si, una vez que han desaparecido las circunstancias que han motivado esa desaceleración o recesión y la economía empieza a remontar, se mantiene este estímulo al consumo, se provoca un aumento generalizado de los precios (inflación) que desemboca en una pérdida del poder adquisitivo de los agentes económicos.

Además, no podemos olvidar que la financiación de la renta básica viene fundamentalmente determinada por los impuestos que el Estado recauda a los ciudadanos, de tal manera que, extender en el tiempo este subsidio, genera una mayor presión fiscal en los actores de la economía que son quienes, en último término, financian este gasto. Por ello, en determinadas circunstancias, como las actuales, se puede pedir un esfuerzo fiscal adicional a los ciudadanos, pero no de manera habitual, ya que favorecerá la evasión de impuestos.

Tampoco podemos olvidar que este tipo de medidas pueden generar un clientelismo político que debilite el sistema democrático de una sociedad por cuanto pueden ser usadas como herramienta para la obtención de votos por parte de los partidos que gobiernen en cada momento.

Añadiendo la condición de transitoriedad de esta medida y limitándola a un período relativamente corto, se puede eliminar la tentación del clientelismo, que no es más que, en el fondo, comprar los votos de los ciudadanos para un partido y no para un proyecto.

En resumen, en la situación actual me declaro a favor de la renta mínima vital siempre y cuando su concesión se ligue al IPREM y esté delimitada en el tiempo.

Pablo Rodas
Economista

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