CGPJ: los jueces no pueden ser citados, no es cierto que tienen prohibido comparecer: "Bolaños está incurriendo en una trampa"

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha contestado las declaraciones efectuadas por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, sobre la comparecencia de los jueces en las comisiones de investigación parlamentarias para luchar contra el supuesto ‘lawfare’ (guerra judicial): "La cuestión es que los jueces no pueden ser citados por el Parlamento, no que tienen prohibido comparecer"

Bolaños afirmaba este martes tras la reunión del Consejo de Ministros lo siguiente: "La propia ley también establece que los jueces y magistrados no tienen obligación de asistir a comisiones de investigación y no tienen obligación de asistir porque lo dice la ley, pero es que además tampoco tendría ninguna utilidad porque todo el conocimiento que tienen los jueces y magistrados de esas causas penales es por haber sido los jueces y magistrados de esos procedimientos. Y es justo lo que la ley prohíbe, que se pueda revelar, por tanto yo creo que este debate, solo de la lectura de la Constitución, de la ley orgánica del Poder Judicial y del propio reglamento del Congreso, es un debate que se resuelve con mucha claridad".

Fuentes del CGPJ consultadas por Libertad Digital denuncian que "Bolaños con sus declaraciones ha puesto el foco en los jueces. Lo que ha dicho el ministro es una trampa porque la cuestión es que los jueces no deben ser citados por las Cámaras parlamentarias, no que tengan prohibido comparecer tras ser citados".

"Bolaños está trasladando a los jueces afectados la responsabilidad de decidir si comparecen o no como si fuera un acto voluntario, cuando lo que debe dejar claro es que directamente no pueden ser citados. Así lo indica la Ley Orgánica del Poder Judicial", añaden.

Las mismas fuentes consultadas por LD subrayan que "la estrategia de Bolaños está clara con sus afirmaciones. Por un lado, cumplir con ERC y Junts el acuerdo de investidura de Pedro Sánchez para que los jueces sean citados por ‘lawfare’ y por otro lado, intentar quedar como defensor de la judicatura afirmando que no pueden declarar en dichas comisiones. Es un trilero. Los jueces no deben ser citados ni siquiera por escrito".

Por su parte, el presidente suplente del Gobierno de los jueces, Vicente Guilarte, valoraba positivamente las palabras de Bolaños este miércoles y pedía al Ejecutivo que los jueces no fuesen citados a "comisión extravangantes". "No nos defrauden", concluía.

Mientras tanto, 9 vocales del CGPJ solicitaron la semana pasada la inclusión en el orden del día del Pleno ordinario de este jueves que se aborde la "legalidad de las comisiones Parlamentarias de investigación y deber de comparecencia de los Jueces", así como el "examen de las relaciones entre el Poder Judicial y los restantes Poderes del Estado: legalidad de las comisiones Parlamentarias de investigación y deber de comparecencia de los Jueces".

Según dichos vocales, "el continuo flujo de inadmisibles declaraciones, descalificaciones, señalamientos, querellas e incluso amenazas que vienen sufriendo los Jueces y Magistrados por el mero ejercicio de sus funciones constitucionales, así como la creación de diversas comisiones Parlamentarias de investigación nombradas con la indisimulada intención de criminalizar la labor judicial, exigen de este CGPJ un claro y rotundo posicionamiento que ponga fin a tal acoso y quiebra del Estado de Derecho".

Las leyes sobre las comisiones de investigación a jueces

Los jueces cometerían un delito de revelación de secretos si declaran sobre materias reservadas en las comisiones de investigación parlamentarias impulsadas por el PSOE y sus socios de legislatura para luchar contra el supuesto 'lawfare' (guerra judicial). Dicho delito viene expresamente recogido en el artículo 417 de Código Penal. Se considera delito de revelación de secretos el acto de revelación de secretos o informaciones que el funcionario o autoridad pública tenga conocimiento por razón de su cargo y no deban ser publicados y divulgados fuera de la escena de actuación que le es inherente por razón de ese cargo que ostenta. Este delito está tipificado con una multa de 12 a 18 meses y la inhabilitación especial del cargo público por un tiempo de uno a tres años.

Además, el artículo 399.1 de la LOPJ señala que "las autoridades civiles y militares se abstendrán de intimar a los Jueces y Magistrados y de citarlos para que comparezcan a su presencia", mientras el artículo 396 afirma que "los Jueces y Magistrados no podrán revelar los hechos o noticias referentes a personas físicas o jurídicas de los que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones".


 
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